Justicia y Memoria. Responsable: Inés García Holgado

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Lugar: Buenos Aires, Argentina

Dedicado a los luchadores en la guerra civil española y en la postguerra en defensa de un mundo mejor, aquellos que defendieron un gobierno legítimamente constituído. A través de estos tres blog difundiré testimonios que forman parte de nuestra memoria histórica, escritos sobre los derechos humanos en la Argentina , en España, en Latinoamericana, experiencias del exilio y sobre todo aquello en lo que pueda ayudar a través de la palabra escrita en pos de luchar contra el silencio y el olvido que se cierne sobre la sociedad española de hoy. autorizaron a su publicación. Inés García Holgado

domingo, 30 de noviembre de 2008

El número de niños perdidos del franquismo supera al de los nietos de las Abuelas de Mayo

BOLETÍN INFORMATIVO DE afarIIREP

El número de niños perdidos del franquismo supera al de los nietos de las Abuelas de Mayo”


Rodríguez es autor del libro en el que fundamenta parte de su auto sobre las desapariciones el juez Garzón


[A. R. ] [Ciudad Real]


El profesor de la UCLM, Miguel Ángel Rodríguez Arias, es autor del libro El caso de los niños perdidos del franquismo: Crimen contra la humanidad, investigación en la que ha fundamentado parte de su auto sobre las desapariciones durante el franquismo el juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón.
Investigador del Instituto de Derecho Penal Europeo e Internacional de la Facultad de Derecho de Ciudad Real, Rodríguez ha recibido varios premios en certámenes jurídicos por trabajos sobre crímenes internacionales y, actualmente, desarrolla una estancia de investigación en la italiana Universidad de Milán, ciudad desde donde aporta su visión sobre las desapariciones de hijos de defensores de la República española, cuyos apellidos fueron modificados y adoptados por “familias afines al régimen”.
PREGUNTA.- ¿Cuántas personas aproximadamente sufrieron el cambio de identidad? ¿Existen datos de Castilla-La Mancha y Ciudad Real?
RESPUESTA.- Al igual que sucedió con el caso de las fosas de Franco, el problema es que el Estado no ha cumplido con sus deberes de investigación oficial de estos hechos, de modo que no hay datos oficiales. Por ejemplo tras la investigación de la Audiencia Nacional ahora sabemos que en la provincia de Ciudad Real continúa habiendo unos 1.694 ejecutados abandonados en fosas comunes, siendo la segunda provincia de Castilla La Mancha, tan sólo detrás de Toledo, con 3.970 desaparecidos. En todo caso, Ciudad Real es una de las provincias con una cifra más alta de ejecuciones de España.
Aunque todavía cueste hacerse a la idea de tal horror, con más de 7.000 víctimas de las matanzas franquistas, Castilla-La Mancha fue un Srebrenica. No lo digo por decir, las cifras del Tribunal penal internacional para la Antigua Yugoslavia están ahí. Y todavía estamos hablando de la sexta comunidad autónoma más afectada de España, en Andalucía se asesinó a pie de fosa a más de 32.000 personas que todavía no se sabe donde están.
Pero respecto a los niños perdidos y en ausencia -todavía al menos- de una investigación oficial sólo podemos hablar con detalle de casos descubiertos casi por azar, como el de Vicenta Álvarez, hija del Capitán de la República Melecio Álvarez, fusilado por Franco, a la que, tras cambiársele el apellido, sería entregada posteriormente a una familia de Herencia.
Habrá que esperar a dicha investigación pero parece previsible que la cifra de niños arrebatados a sus madres por la dictadura de Franco supere ampliamente la cifra del conocido caso de los 800 niños perdidos de la Dictadura argentina por cuya recuperación las Abuelas de Plaza de Mayo llevan luchando sin descanso dos décadas, habiendo conseguido localizar y restablecer la identidad de algo más de un centenar de estos.
En el caso español, y según algunas fuentes de las que también se hace eco Garzón en su auto, podríamos estar ante una macabra contabilidad de miles de casos de niños apropiados por la dictadura de Franco.
P.- ¿Dónde se cometieron estos hechos y por qué?
R.- Las vías de la desaparición infantil aludidas en el ‘Balance de Crímenes de la Dictadura Franquista’, de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 17 de marzo de 2007, fueron varias partiendo del robo de niños a las madres republicanas en las cárceles de Franco, o del robo de niños de entornos guerrilleros -y por tanto las que más se prolongaron en el tiempo, todavía en los años 50- para ser entregados a familias adictas al régimen, pero también se mencionaría la “caza del niño rojo en el extranjero”, en alusión a los secuestros en Francia y otros países de los niños puestos a salvo en las colonias infantiles de la República.
P.- ¿Sería posible un reencuentro con sus familias de origen?
R.- No sólo es que sí lo sería, es que el Estado español debe activar los medios de búsqueda para hacerlo posible, de igual modo que Argentina creó por ley una Comisión de Búsqueda de Desaparecidos o una Base Nacional de datos Genéticos, que funcionará hasta el año 2050, en razón de las expectativas de vida biológica y de sus obligaciones internacionales en materia de Derechos Humanos. Aplicar estrictamente los mismos criterios en nuestro país supondría su funcionamiento al menos hasta el año 2020.
De hecho, otros Estados como Salvador o Guatemala fueron recientemente condenados a poner en marcha tales mecanismos ante los casos de los niñas perdidas Serrano Cruz o el niño Molina Theissen. Sin olvidar el caso de las “generaciones robadas” australianas, donde en febrero de este mismo año 2008 el primer ministro, Kevin Rudd, pidió perdón en nombre del Estado en el Parlamento y ante las familias y niños recuperados, al tiempo que se encuentra en tramitación una ley de indemnizaciones que podría superar los 250.000 dólares por niño perdido, al margen de las indemnizaciones a sus familias. No creo que se haya llegado a tomar plena conciencia aún de la profunda violación de los derechos humanos, ni las enormes implicaciones jurídicas para nuestro país del caso de los niños perdidos.
P.- ¿Hay familiares que se han reencontrado?
R.- Sí, a pesar de que España se haya desentendido de sus obligaciones hacia estas víctimas, algunos familiares consiguieron localizar a sus hermanos arrebatados a través de programas como ‘Quién sabe dónde’, por puro azar al coincidir con alguien que sirvió en el ejército de la República bajo las órdenes del padre verdadero de la víctima, o incluso recurriendo a investigadores privados sufragados de su propio bolsillo, pero estamos hablando de casos aislados. El arbitrario cambio de apellidos que permitió la ley de Franco de 4 de diciembre de 1941 y las dificultades para acceder a los archivos han sido un auténtico escudo para la impunidad de estos crímenes.
P.- ¿Qué es lo que te llevó a escribir este libro?
R.- La impunidad de todo lo perpetrado por el régimen franquista contra los defensores de la Segunda República española siempre me pareció algo mucho más allá del homenaje y de la memoria; algo perfectamente equiparable en muchos casos a los propios crímenes del nazismo.
La situación de los miles de desaparecidos de las fosas llamó además particularmente mi atención dada la especial configuración permanente del crimen de desaparición forzada de personas, lo que ponía en entredicho todo lo (no) actuado en nuestro país. Mucho más aún la situación de los desaparecidos en vida desde su más tierna infancia. Quería contribuir a dar a conocer las distintas posibilidades de acción de las víctimas.
Junto a esto, otra razón fue la absoluta ausencia de textos jurídicos académicos que abordasen los crímenes de desaparición forzada del franquismo, lo que representaba, a su vez, el primer obstáculo a superar para la enseñanza de la asignatura a nuestros alumnos. De este modo, y sobre la base de mis propias investigaciones, en la Facultad de Derecho de Ciudad Real -una de las pocas que cuentan con una asignatura específica de Derecho Penal Internacional- los crímenes de desaparición forzada del franquismo se estudian como parte del programa de la asignatura. En la medida que resulte posible, pienso invitar a nuestras clases a algunas de las personas y organizaciones implicadas en la causa de los desaparecidos del franquismo ante la Audiencia Nacional y con las que he venido colaborando en estos últimos meses.
P.- ¿Cuáles serían las medidas a adoptar a nivel nacional e internacional?
R.- Resulta difícil hacerse una idea de la dimensión de la tarea de la que estamos hablando, ya que no he encontrado ni un solo tratado o instrumento internacional en materia de derechos humanos y desapariciones forzadas que nuestro país no haya incumplido respecto el caso de los niños perdidos. Uno de los ejercicios prácticos que vi con mis alumnos de Derecho Penal Internacional en la Facultad el año pasado fue, precisamente, la comparativa, articulo por artículo, entre proyecto de ley “de la memoria”, y algunos de los principales instrumentos internacionales en materia de reparación a las victimas y lucha contra la impunidad. Ellos mismos no daban crédito de que las cosas se pudiesen estar planteando así ante la situación de los desaparecidos, y hablamos de alumnos de la Licenciatura de Derecho.
Hay que modificar la ley ‘de la memoria’ ante el caso de las fosas y mucho más todavía, si cabe, con el caso de los niños perdidos. O incluso adoptar una nueva legislación específica sobre los desaparecidos. En una de mis investigaciones publicada en Jueces para la Democracia, he localizado una veintena de sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que dejan en evidencia lo profundamente contrario al Convenio Europeo de Derechos Humanos de alguno de los artículos de la ley ‘de la memoria’.
P.- ¿Estos hechos de la desaparición de niños en el franquismo han prescrito?.
R.- Otra cosa más que saco a la luz en mi libro sobre los niños perdidos y que Garzón recoge en su auto, es la incoherencia de aceptar la validez de la condena del Mariscal Keitel en Nuremberg por las desapariciones de personas en del ‘Decreto Noche y Niebla’ de Hitler, fechado el 7 de diciembre de 1941, y que se diga después que la ley de desaparición infantil de Franco, de tan sólo 3 días antes, el 4 de diciembre de 1941, queda fuera del alcance temporal de Nuremberg; que se diga que es una aplicación retroactiva del derecho, que ha prescrito y no sé qué cosas más.
Las responsabilidades del Estado en el caso de los niños perdidos del franquismo se multiplican al tratarse de víctimas desaparecidas en vida, que continúan vivas, con hermanos e incluso algunas madres de avanzada edad que continúan a la espera del anhelado reencuentro familiar en los últimos momentos de su vida.
Eso nos exige diligencia. Cada día que nuestro Estado continúa incumpliendo las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos respecto a estas víctimas, representa otro día más que se les está robando a los niños perdidos y a sus familias. Este hecho dota de un cariz jurídico distinto a todo lo relativo a este tema.
P.- ¿En qué puede afectar la Ley de Memoria Histórica a la reparación de daños?
R.- Por increíble que parezca la ley de la Memoria ni menciona el caso de los niños perdidos, aunque se trate del caso más grave de desapariciones forzadas del franquismo según el derecho internacional, dado el especial carácter indefenso de las víctimas, niños de tan sólo uno ó dos años de edad o a veces ni tan siquiera eso.
De hecho la situación de estas víctimas no ha sido abordada por ninguna otra norma anterior a lo largo de los últimos 30 años de democracia tal y como constato en mi libro. Y con ello mismo también será olvidado el simultáneo carácter de género de estos crímenes contra la humanidad como forma de represalia cruel e inhumana contra toda una generación de mujeres por su compromiso con la democracia y la igualdad.
Pero si hay una cosa que me gustaría recalcar es la situación en la que, tras años y años, continúan todavía las familias de unos y otros desaparecidos en nuestro país. Me parece profundamente inhumana y equivocada, bajo cualquier punto de vista ético o jurídico; ahora más que nunca tras abrirse nuevas incertidumbres para todas estas personas en nuestro ámbito jurídico interno.

[CIUDAD REAL]


Fuente:* Lanza Digital, 24 de noviembre de 2008

http://www.lanzadigital.com:80/diariolanza/pb/periodico/periodicodetalle.asp?REG=23600&sec=CIUDADREAL

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sábado, 29 de noviembre de 2008

GUERRILLEROS por Constantino Ruíz Enguídanos

GUERRILLEROS

IU-ICV ha presentado en el Congreso de los Diputados una Proposición no de Ley, por la cuál pide que se cree una fiscalia de atención a las victimas del franquismo,un órgano oficial no judicial que investigue la Guerra Civil y que se saquen del Valle de los Caidos los restos de Franco y Primo de Rivera. ERC presenta otra mas amplia y de similares características, pero ambas ( sin estar totalmente en desacuerdo con ellas) adolecen una vez mas del grave defecto del olvido: ¿ Que pasa con los guerrilleros ? En el preámbulo de la tan criticada Ley de Memoria Histórica se les hace una efímera mención,que en absoluto hace justicia a este heróico colectivo,por lo que dicha ley deberia ser modificada y recojer ( entre otras ) sus justas reivindicaciones.

Estos dos partidos, al parecer, así lo han solicitado ( por insuficiente ) pero una vez más se olvidan de la guerrilla, cosa totalmente injustificable, ante su dignidad y heróica lucha. Por ello, para que se haga justicia y como reconocimiento, se requiere saldar la deuda histórica y social que para estos hombres y mujeres tenemos. Por ello, se exige al Gobierno de España lo siguiente :

1º- El reconocimiento por parte del Estado Español del papel de las agrupaciones de Guerrilleros y los puntos de Apoyo.

2º- El reconocimiento de los Guerrilleros, por parte del Estado Español, como última expresión del que fuera Ejército Republicano y la equiparación, a todos los efectos de sus miembros, a los combatientes activos de aquel ejército.

3º- La equiparación de las víctimas de aquellas acciones como víctimas de la guerra civil y su derecho al reconocimiento y a la reparación.


NOMBRE: CONSTANTINO ENGUÍDANOS RUIZ
DNI: 32595076-M
DIRECCIÓN: LLOBREGÓS, 105, 4º 5ª
08032 BARCELONA
TELÉFONO: 933571194

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viernes, 28 de noviembre de 2008

VICTIMAS DE DESAPARICIONES FORZADAS EN ESPAÑA-COMUNICADO DE PRENSA-MANIFIESTO DE AMNESTY

COMUNICADO DE PRENSA

Victimas de Desapariciones Forzadas en España

El día 27 de Noviembre de 2008 una delegación conjunta formada por distintas

ONG –Amnistía Internacional, la Federación de Asociaciones para la Promoción y

Defensa de los Derechos Humanos en España, la Asociación Española para el

Derecho Internacional de los Derechos Humanos-, asociaciones de familiares de

desaparecidos en representación de Arucas (Islas Canarias), Andalucía, Aragón,

Baleares, Cataluña, Valladolid y F. M. del País Valenciano, miembros de la

Plataforma de Victimas de las Desapariciones Forzadas del Franquismo se han

reunido con el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias de

las Naciones Unidas.

La finalidad de la reunión ha sido exponer la situación critica que se esta viviendo

en España entorno a las victimas de desapariciones forzadas de la guerra civil y el

franquismo. La actitud del Grupo de Trabajo ha sido muy positiva y han afirmado

que están siguiendo muy de cerca el caso de las familias españolas. El Presidente

del Grupo de Trabajo, Sr. Corcuera, ha señalado que estudiaran las medidas que se

puedan aplicar al caso español.

Adjuntamos para su información el manifiesto presentado por Amnistía

Internacional y suscrito por las organizaciones antes mencionadas y otros. Y

asimismo os entregamos el manifiesto para su posterior difusión y adhesión


http://www.es.amnesty.org/paises/espana/victimas-de-la-guerra-civil-y-delfranquismo/
firma-el-manifiesto/


Para pasar página, primero hay que leerla

Los abajo firmantes, juristas y organizaciones internacionales nos dirigimos a las autoridades y sociedad

españolas, así como a la opinión pública internacional con ocasión de la investigación abierta por la

Audiencia Nacional en relación a hechos delictivos ocurridos durante la Guerra Civil y el Franquismo que

podrían constituir crímenes contra la humanidad.

Mantenemos que:

España tiene el deber de poner fin a la prolongada injusticia

de la que han sido objeto las
víctimas de desaparición forzada y otros crímenes y sus familiares, llevando a cabo las

investigaciones necesarias para dar con el paradero de los restos de estas personas, y

esclarecer las circunstancias en que tan graves abusos se produjeron.

Al llevar adelante esta tarea, España debe cumplir con las normas internacionales sobre la

materia que su propio ordenamiento jurídico reconoce, y tal y como su práctica jurisprudencial

refleja – de manera reiterada - al pronunciarse sobre las consecuencias legales de los crímenes

contra la humanidad.

De acuerdo con el Derecho Internacional,

los crímenes contra la humanidad no son
susceptibles de amnistía, indulto o prescripción

. Las normas convencionales sobre la materia,
adoptadas con posterioridad a los hechos que deben ser objeto de investigación, es sabido, han

simplemente recogido una obligación que ya existía anteriormente como norma

consuetudinaria.

El Estado español no puede sustraerse a la obligación de investigar estos crímenes, y

debe
poner fin a la impunidad garantizando a las víctimas y a sus familiares su derecho a la

verdad, la justicia y la reparación integral

.
2

No es posible que los Tribunales españoles – en base a sus obligaciones bajo el derecho

internacional - hayan asumido su competencia para investigar y perseguir los crímenes más

graves de derecho internacional cometidos en países como Chile y Argentina, en cuyas causas

han sostenido que las leyes de amnistía así como cualquier otra medida análoga carecen de

validez en España, y se abstengan de investigar crímenes similares cometidos en su propio país.

Los que suscriben el presente manifiesto ya observaron, con motivo de la aprobación de la Ley

52/2007, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de

quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, que en ella

no quedaban plasmados los estándares internacionales fijados en materia de desapariciones,

exhumaciones y recuperación de cuerpos.

No existe antecedente alguno en que un Estado
haya trasladado a las familias de las víctimas las tareas, costos y responsabilidades de

dichas acciones.

Además, la propia ley en su Disposición Adicional Segunda, afirma claramente
que: “

Las previsiones contenidas en la presente ley son compatibles con el ejercicio de las
acciones y el acceso a los procedimientos judiciales ordinarios y extraordinarios establecidos

en las leyes o en los tratados y convenios internacionales suscritos por España

”.
España está en estos momentos en el punto de mira de la comunidad internacional que espera que

por fin cumpla con las obligación de investigar los hechos de su historia reciente que podrían ser

constitutivos de crímenes contra la humanidad y garantizar, con todos los medios a su alcance, de

la manera más completa posible y sin dilación, los derechos de las víctimas a verdad, justicia y

reparación.

Adhesiones al Manifiesto:

Federico Andreu

Consejero General de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ)

Line Bareiro

Ex integrante de la Junta Directiva del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH)

Nicolas Boeglin

Miembro del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) y profesor de Derecho Internacional

Público de la Universidad de Costa Rica.

Pilar Coll Torrente

Primera Secretaria General de la Coordinadora Derechos Humanos de Perú

Carlos Iván Degregori

Ex Comisionado de la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú

Elvira Domínguez-Redondo

Senior Lecturer in Law, Middlesex University, The Burroughs, Hendon, London

Carmelo Faleh Pérez

Secretario general de la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos

(AEDIDH), y profesor de Derecho Internacional Público Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Gustavo Gallon

Presidente de la Comisión de Juristas Colombiana

Ronald Gamarra

Secretario General de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos de Perú

Soledad García Muñoz

Miembro del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH)

Roberto Garretón

Ex abogado de la Vicaría de la Solidaridad durante la dictadura de Pinochet

José Antonio Martín Pallín

Magistrado Emérito del Tribunal Supremo y miembro de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ)

3

Julieta Montaño Salvatierra

Presidenta de la Oficina Jurídica para la Mujer (OJM) de Bolivia

Hugo Omar Cañón

Fiscal General, Cámara General de Bahía Blanca de Buenos Aires y Presidente de la Comisión Provincial

por la Memoria

Jorge E. Pan

Miembro del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay

Víctor Manuel Rodríguez Rescia

Vicepresidente del Subcomité para la Prevención de la Tortura de las Naciones Unidas

Fabián Salvioli

Catedrático de Derecho Internacional Público y Director del Instituto de Derechos Humanos de la

Universidad de la Plata, Buenos Aires

Pancho Soberón

Director de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) de Perú

Silke Studzinsky

Senior Legal Advisor, Cambodian Human Rights and Development Association (ADHOC)

Alirio Uribe Muñoz

Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo de Colombia

Hernando Valencia

Ex Secretario Adjunto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Carlos Villán Durán

Presidente de la Asociación Española para el Desarrollo y la Aplicación del Derechos Internacional de los

Derechos Humanos (AEDIDH)

Susana Villarán

Secretaria y Comisionada de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

José Zeitune

Consejero Jurídico para Latinoamérica de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ)

Perfecto Alonso Tejero

Abogado Colegio de Barcelona

Björn Arp

Secretario Académico del Master sobre Protección de los Derechos Humanos de la Universidad de Alcalá

Nemesio Barxa Barxa

Abogado

Rafael Calderón Fochs

Abogado Colegio de Barcelona

José Antonio Díaz Díaz

Presidente de la Ong Movimiento por la Paz en Canarias (MPDLC)

Juan Manuel de Faramiñán Gilbert

Catedrático de la Universidad de Jaén

José Luis Galán

Abogado. Colegio de Madrid

Felipe Gómez Isa

Miembro del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad de Deusto

Francisco Jiménez Bautista

Profesor e investigador del Instituto de la Paz y los Conflictos de la Universidad de Granada

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La familia García Lorca puntualiza.- Madrid-26/11/08

La familia García Lorca puntualiza
LAURA GARCÍA-LORCA DE LOS RÍOS y cinco familiares más de Federico García Lorca. - Madrid - 26/11/2008
Información enviada por AFARP

Ante la posibilidad de que un proceso judicial concluya con la búsqueda y posterior exhumación de los restos de la fosa común donde se encuentran los restos de Juan Arcollas, Francisco Galadí, Dióscoro Galindo y Federico García Lorca, los familiares del poeta queremos hacer algunas aclaraciones.
En primer lugar, manifestamos nuestro respeto por los deseos de todos los familiares de las víctimas para ejercer su derecho de decidir qué hacer con los restos de sus antepasados.

También mostramos nuestro apoyo a la iniciativa de investigar y dar a conocer la identidad y las circunstancias de la muerte de todos los asesinados por el franquismo.

Aunque la última palabra depende de una decisión judicial, reiteramos nuestro deseo, tan legítimo como el de otros familiares, de que los restos de Federico García Lorca reposen para siempre donde están. Creemos que ésta es una forma de preservar el barranco de Víznar como lugar de la memoria colectiva, pública y civil.

Continuamos oponiéndonos a que la exhumación se convierta en un espectáculo mediático. Y por último consideramos infame la insinuación de que la defensa de preservar intacto un lugar de memoria sea equiparable a una oposición al estudio riguroso de la Guerra Civil y la represión franquista.

*Fuente: El País, 26 de noviembre de 2008

http://www.elpais.com/articulo/opinion/familia/Garcia/Lorca/puntualiza/elpepuopi/20081126elpepiopi_7/

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jueves, 27 de noviembre de 2008

EQUIPO NIZKOR Declaración sobre el incidente de competencia en la Audiencia Nacional

EQUIPO NIZKOR

Declaración sobre el incidente de competencia en la Audiencia Nacional:
el crimen no puede ser origen del derecho

Hechos:
El 27 de septiembre de 2008 hicimos público un comunicado donde analizábamos la situación procesal de las denuncias presentadas ante la Audiencia Nacional (AN) y que fueron adjudicadas al Juzgado Central de Instrucción Núm. 5, cuyo titular es el Juez Baltasar Garzón.
Las denuncias iniciales, presentadas el 14 de diciembre de 2006, no fueron objeto de un primer pronunciamiento por parte del Ministerio Fiscal hasta el 29 de enero de 2008, en que la Fiscalía de la Audiencia Nacional, siguiendo instrucciones verbales del Fiscal General del Estado, emitió su dictamen contrario a la admisibilidad de esas denuncias.
No obstante, el Juzgado Central de Instrucción Núm. 5, notificó e hizo públicas sendas providencias de 02 de septiembre y 25 de septiembre de 2008, donde, recurriendo a un instrumento procesal propio de la Audiencia Nacional, ordenó una serie de diligencias que podemos llamar “documentales” para, presuntamente, encontrar elementos que permitan resolver su competencia o no en el procedimiento.
El 16 de octubre de 2008, el Juez Instructor dictó Auto declarándose competente.
El 20 de octubre de 2008 el Ministerio Fiscal recurrió ese Auto ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional; el Fiscal Jefe de la AN solicita en ese recurso se “declare la nulidad de pleno derecho del auto recurrido y la incompetencia del órgano judicial por infracción de las normas de competencia objetiva y funcional conforme al art. 238.1º LOPJ”.
Este recurso dio lugar a un Auto del Juez Instructor, de fecha 23 de octubre de 2008, en el marco del Sumario (Proc.Ordinario) 0000053 /2008 E (las Diligencias Previas fueron elevadas a Sumario el 17 de octubre de 2008). En ese Auto el Juez Instructor declara inadmitido el recurso presentado ante la Sala de lo Penal y le indica al Fiscal que el trámite a seguir es el recurso de reforma ante el Juez Instructor.
El 7 de noviembre de 2008 la Fiscalía solicita a la Sala de lo Penal que, estando pendiente la cuestión de la competencia, ordene al Juez Instructor que detenga la práctica de aquellas diligencias que no sean necesarias para comprobar el delito o que no sean de reconocida urgencia, estimando que las ordenadas por el Juez Instructor no revisten ni uno ni otro carácter.
Ese mismo día 7 de noviembre el Pleno de la Sala de lo Penal de la AN accedió a la solicitud de la Fiscalía por 10 votos a favor y 5 en contra; el Pleno solicita al Juez Instructor que “paralice todas las actuaciones acordadas en el sumario 53/08 a excepción de las que, de no realizarse ya, causen un perjuicio irreparable e irreversible al fin de la investigación” .
El día 18 de noviembre de 2008 el Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 hizo público un Auto inhibitorio a favor de los jueces naturales, concretamente a una serie de 62 juzgados ordinarios repartidos por todo el Estado.
Ante esta nueva situación creemos necesario realizar algunas puntualizaciones a efectos de un análisis más pormenorizado que evite que las consecuencias oculten las causas y las responsabilidades:
Sobre el Auto de inhibición:
1) El problema de fondo en el caso que nos ocupa no es la argumentación jurídica con relación a los tipos penales, sino lo que se denomina competencia absoluta y, en este sentido, tanto el Juez Baltasar Garzón como todos los abogados que presentaron las distintas denuncias ante la Audiencia Nacional sabían o deberían haber sabido que la Audiencia Nacional no es competente para delitos de esta naturaleza cometidos en territorio nacional.
2) La Audiencia Nacional sí lo es para delitos cometidos contra españoles en el extranjero y eso es lo que explica que sea competente en el caso de la querella penal contra cuatro ex SS Totenkopf que actuaron en campos de concentración nacionalsocialistas donde hubo víctimas españolas. Se trata por tanto de delitos cometidos contra nacionales españoles en Austria (Mauthausen) y Alemania (Sachsenhausen y Flossenbürg).
El Golpe de Estado del Generalísimo Franco se produjo, esto es obvio, contra una gobierno democrático, legal y legítimo. Como el Juez Baltasar Garzón no pone en duda, en términos jurídicos, la legalidad franquista, y dado que los delitos fueron cometidos por altos funcionarios del Estado, con el código franquista en la mano, sería competente el Tribunal Supremo. La única solución técnicamente posible es declarar la nulidad de los actos jurídicos del franquismo relacionados y/o consecuencia de los crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos por el régimen franquista.
3) El auto inhibitorio tiene como finalidad principal tratar de evitar el tratamiento del recurso presentado por el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional ante el Pleno de la Sala de lo Penal y, por lo tanto, tratar de salvar las responsabilidades procesales del juez titular del Juzgado Central de Instrucción Núm. 5, así como la posible nulidad de la mayor parte de la diligencias ordenadas toda vez que la falta de competencia absoluta no deja lugar a otra salida procesal en la lógica seguida por el juez instructor.
4) El auto inhibitorio de fecha 18 de noviembre de 2008 no es firme y cabe que el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional ordene el recurso de dicho auto ante el Pleno de la Sala de lo Penal, o bien la propia Sala de lo Penal decida sobre el mismo en el momento en que resuelva el incidente de competencia aún pendiente.
5) El Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 debería, a nuestro entender, haber hecho uso de artículo 304 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) y enviar las actuaciones al Tribunal Supremo solicitando que se nombre un juez especial para continuar las investigaciones dado que, en este caso, se cumplen las condiciones previstas en dicho artículo. Esperamos que el Pleno de la Sala Penal decida la utilización de este artículo de la LeCrim, lo que demostraría su buena fe en permitir el acceso de las víctimas al derecho al justicia que les asiste.
6) Si bien el principio del Juez natural es un derecho irrenunciable para cualquier organización defensora de la libertades civiles, el reparto dispuesto en el auto inhibitorio del Juzgado de Instrucción Núm 5 a favor de 62 juzgados ordinarios, tiene consecuencias graves para las víctimas y esto por dos razones:

• a) en la mayoría de las Audiencias Provinciales existen autos que cierran este tipo de casos con fundamentos claramente violatorios del derecho europeo e internacional y en los que se han usado argumentos como la institución de la prescripción de los delitos y otras argucias ilegales, con el agravante de negar el derecho de recurso al Tribunal Supremo, y

• b) no existen abogados con formación suficiente en derecho internacional para hacer frente a una avalancha procesal como la dispuesta por el Juez titular del Juzgado de Instrucción Núm. 5, ni jueces que tengan conocimientos de derecho penal internacional para substanciar los casos respetando el debido proceso y el derecho penal europeo e internacional.
Todo ello provoca una clara y completa indefensión a las víctimas y convierte este reparto en un intento de consolidación del modelo de impunidad defendido por el Gobierno y la práctica totalidad de los grupos políticos con representació n parlamentaria.
Sobre los tipos penales y la responsabilidad estatal:
7) La argumentación utilizada por el Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 en su auto inhibitorio es concordante con algunos de los tipos penales en los que se subsumen los actos que constituyen Crímenes contra la Humanidad. No obstante, esta argumentación es deliberadamente parcial y sesgada en la definición de la casuística a investigar e incluso sobre las responsabilidades penales que se puedan derivar de los crímenes cometidos.
8) Sin lugar a dudas, los ilícitos de todo tipo cometidos por el régimen franquista reúnen todos y cada uno de los elementos del tipo propios de los crímenes contra la humanidad, tal cual estos ilícitos fueron contemplados en la Declaración de Moscú de 1943, la Declaración de Londres de 8 de agosto de 1945 y recogidos en el Estatuto del Tribunal de Nuremberg y, posteriormente, en instrumentos reconocidos por el Estado español como son: la resolución 3 (1) adoptada por la Asamblea General de la ONU el 13 de febrero de 1946; la resolución 95 (I) de 11 de diciembre de 1946; la resolución 177 (II), de 21 de noviembre de 1947 relativa a la Formulación de los principios reconocidos por el Estatuto y por las sentencias del Tribunal de Nuremberg y en la que la Asamblea General de la ONU decide confiar dicha formulación a la Comisión de Derecho Internacional. La Comisión, en su primera reunión de mayo a junio de 1949, elaboró dichos Principios y Crímenes, adoptándolos en 1950.
El estado franquista cometió todos los crímenes previstos en artículo 6 del Estatuto de Nuremberg, esto es:

• (a) CRÍMENES CONTRA LA PAZ: a saber, la planificación, la preparación, el inicio o la conducción de una guerra de agresión o una guerra que supone la violación de tratados, acuerdos o garantías internacionales, o bien la participación en un plan común o en una conspiración cuyo objetivo es la ejecución de cualquiera de los actos precedentes;

• (b) CRÍMENES DE GUERRA: a saber, violaciones de las leyes o usos de la guerra. Tales violaciones comprenden el asesinato, los malos tratos o la deportación para realizar trabajos forzados, o para otros fines, perpetrados contra la población civil de un territorio ocupado o en dicho territorio, el asesinato o los malos tratos perpetrados contra prisioneros de guerra o personas en alta mar, la ejecución de rehenes, el robo de bienes públicos o privados, la destrucción arbitraria de ciudades, pueblos o aldeas, o la devastación no justificada por necesidades militares, sin que dichas violaciones queden limitadas a los actos enumerados.

• (c) CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD: a saber, el asesinato, el exterminio, el sometimiento a esclavitud, la deportación y otros actos inhumanos cometidos contra cualquier población civil antes de la guerra o durante la misma; la persecución por motivos políticos, raciales o religiosos en ejecución de los crímenes que sean competencia del Tribunal o en relación con los mismos, constituyan o no una vulneración de la legislación interna del país donde hubieran sido perpetrados (...) "
Por lo tanto, estos delitos no han prescrito, ni prescribirán en tanto en cuanto no se reconozca el derecho a la justicia que ampara a las víctimas, sus familiares, sus herederos y a las asociaciones que legítimamente representen la casuística de las víctimas del franquismo.
9) De la misma manera y por razones fácilmente comprensibles tampoco ha prescrito la responsabilidad del Estado español y esto por más que los responsables estatales de hacer cumplir el derecho internacional y de garantizar el derecho a la justicia y al debido proceso, como son el Presidente del Gobierno, el Fiscal General del Estado y el Ministro de Justicia, se nieguen a adoptar las medidas que sus propias competencias les permiten; sus decisiones no agotan en modo alguno las responsabilidades del Estado.
Sobre la legalidad del régimen franquista y la responsabilidad penal individual.
10) El auto inhibitorio del Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 deja abierta la cuestión de la legalidad de los actos jurídicos del régimen franquista y nos ratificamos en que dicho régimen fue insalvablemente ilegítimo e ilegal y, por lo tanto, deben declararse nulos todos los actos jurídicos, incluídos los juicios sumarísimos y otro tipo de sanciones legales y administrativas.
Recordamos a los Grupos parlamentarios que negaron esta posibilidad en los debates de la Ley de la Memoria, en especial el grupo del PSOE y de Izquierda Unida, que el no proceder de esta forma convierte al Estado español en una excepción histórica y legal entre los países europeos y en el único que afirma y reconoce que el crimen es fuente del derecho.
11) En cuanto a las responsabilidades penales individuales no compartimos en absoluto que éstas estén limitadas a un período legal que se cierra arbitrariamente en 1951 y que afectarían exclusivamente a los responsables de la organización falangista.
Las responsabilidades penales individuales afectan a toda persona responsable de cualesquiera de los actos comprendidos en los tipos penales de crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad hasta la fecha de entrada en vigor de la actual constitución democrática y, muy especialmente, a los integrantes de los sucesivos gobiernos, tanto en calidad de ministros como quienes se hubieren desempeñado en funciones ministeriales de clara designación política.
Es totalmente absurdo que los ministros que firmaron y ratificaron leyes con clara finalidad criminal en términos del derecho penal internacional y que confirmaron las sentencias de muertes dictadas hasta el final del régimen sean excluidos de sus responsabilidades individuales totalmente intransferibles.
Sobre la ley de la denominada “Ley de la Memoria”:
12) El auto inhibitorio hace una declaración solicitando la que la jurisdicción penal debe pronunciarse y tiene la obligación legal de establecer “la verdad judicial” a la que las víctimas directas y la sociedad en su conjunto, como víctima también, tienen derecho y aclara que “esa obligación no puede ser sustituida con el recurso a la Ley de Memoria Histórica, que siendo compatible con la investigación penal, no puede ocupar su lugar”, con la que estamos totalmente de acuerdo ya que refleja nuestra posición recogida en nuestra declaración de 30 de octubre de 2007 y apoyada por más de 70 asociaciones de víctimas del franquismo.
13) Ratificamos la calificación de “Ley aberrante” a la denominada Ley de la Memoria Histórica, considerando por lo tanto que se trata de una ley contraria al derecho internacional, a la jurisprudencia europea y que, consecuentemente, viola el propio derecho interno español. Es una ley aberrante.
La Ley de la Memoria no hace frente a ninguno de los problemas jurídicos derivados de la casuística de las víctimas del franquismo: los niños de la guerra y la denegación de su condición de refugiados; las exhumaciones ilegales de fosas comunes, que seguirían llevándose a cabo sin garantías judiciales y sin respetar los protocolos internacionales e internos para este tipo de exhumaciones; el problema de los españoles que lucharon contra el nacionalsocialismo desde los ejércitos aliados; la no declaración de nulidad de los juicios y ejecuciones sumarias, o la previsión de las garantías adecuadas para el acceso a los archivos de la represión.
Creemos que la reconciliació n de los españoles sólo puede lograrse con justicia, y que es responsabilidad del Estado español garantizar los medios de reparación correspondientes, que incluyen el acceso a la justicia yal debido proceso, así como la devolución de los bienes requisados y la reparación integral a las víctimas de un régimen fascista. Para todo ello es necesario el reconocimiento jurídico de las víctimas por parte del Estado español.
Sobre las exhumaciones de fosas comunes o masivas:
14) Afirmamos que no existe ninguna relación entre proceder a la exhumación de una fosa y presentar denuncias o querellas por crímenes contra la humanidad y menos aún se da una relación de causa-efecto de modo que sin la exhumación de la fosa no habría querella o denuncia posible. El afirmar esto es un sofisma legal que sólo conduce a la confusión de los familiares y de todas las víctimas.
15) Los desenterramientos de crímenes de guerra y/o crímenes contra la humanidad tienen un protocolo forense para determinar exactamente el tipo penal. No es distinto a lo que hacen los forenses militares españoles en Bosnia y, por supuesto, el protocolo de desenterramiento tiene que ser similar al que utiliza un tribunal como el de la ex Yugoslavia. Levantar una fosa sin estas garantías es lo mismo que destruir las pruebas forenses de tipo penal.
Además existe una cuestión ética y moral con relación a los "sin nombre", o sea, a los miles de enterrados que no tienen nadie que los represente y que no podrán ser identificados como ocurre estadísticamente en este tipo de casos ya que, aún utilizando los sistemas más modernos de identificació n legal e incluso bancos genéticos de datos familiares de denunciantes, siempre existirán restos no identificados (N.N.) y restos identificados sin representació n judicial de sus familiares o herederos.
A esto cabe agregar que debe ser el Estado el que garantice jurídica y financieramente este tipo de procedimientos y no particulares, y menos aún empresas privadas. Eso sería lo mismo que aceptar la privatización de la justicia y de las pruebas forenses, lo cual sería claramente contrario a los principios que rigen la justicia en un estado de derecho.
Sobre la responsabilidad del Gobierno y de los partidos políticos:
16) Le recordamos al Gobierno y a todos los grupos parlamentarios que su irresponsabilidad moral en cuanto a la localización de víctimas de la guerra civil o de la posterior represión franquista puede ser subsanada sin que corran el riesgo de violar código ético, moral o legal alguno, adoptando los mismos principios que configuran el "International Tracing Service" (Servicio Internacional de Búsquedas), entidad que tiene su origen en el Departamento que se creó en 1943 en el seno de la Cruz Roja Británica, por iniciativa de la fuerzas aliadas, para comenzar con el trabajo de localización y registro de personas cuyo paradero era desconocido. Este trabajo daría lugar a que el 15 de febrero de 1944 se estableciera el "Central Tracing Bureau" u Oficina Central de Búsquedas, que acabaría teniendo su sede, desde enero de 1946, en Bad Arolsen.
El 1 de julio de 1947 la Organización Internacional para los Refugiados se hizo cargo del "Central Tracing Bureau" y en 1948 se le dio el nombre de "International Tracing Service" (ITS), por el que esta oficina es conocida hoy.
En abril de 1951 la dirección del ITS pasó a la HICOG (Allied High Commission for Germany - Alta Comisión Aliada para Alemania).
El ITS tiene su base jurídica en los Acuerdos de Bonn. El 6 de junio de 1955, los gobiernos de Bélgica, Francia, República Federal de Alemania, Grecia, Israel, Italia, Luxemburgo, Holanda, Reino Unido y Estados Unidos firmaron un acuerdo para el establecimiento de una Comisión Internacional que supervisara el ITS.
Esa Comisión Internacional la conforman en la actualidad 11 estados parte. En su fundación, al ITS se le encomendó con la tarea de suministrar información sobre el paradero de los perseguidos por el régimen nacionalsocialista y reunir a las familias a quienes la guerra había separado. El ITS está bajo la dirección y gestión del Comité Internacional de la Cruz Roja. Su mantenimiento es con cargo al presupuesto federal de la República Federal de Alemania.
17) El actual estado de cosas no es más que la consecuencia de la falta de responsabilidad ética, moral y legal de los grupos políticos parlamentarios que apoyaron la denominada Ley de la Memoria Histórica, la cual no da solución legislativa a los principales aspectos de la cuestión de las víctimas del franquismo, dejando en la indefensión más absoluta a las víctimas y sus familiares y que pretende alejarles de la historia común europea y, especialmente, de las soluciones que se adoptaron en esta materia en los países que sufrieron regímenes fascistas o nacionalsocialistas .
18) Por último ratificamos la casuística recogida en el Plan de Acción del documento hecho público el 14 de abril de 2004 y que fue apoyado por numerosas asociaciones de víctimas y de derechos humanos del estado español e internacionales y demandamos al Gobierno español tome las medidas necesarias para dar solución a cada uno de los problemas allí planteados.
Equipo Nizkor, Madrid y Charleroi, 20 de noviembre de 2008

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miércoles, 26 de noviembre de 2008

AHAZTUAK DENUNCIA QUE EXISTE UN PACTO DE ESTADO PARA SEGUIR APOSTANDO POR EL MODELO ESPAÑOL DE IMPUNIDAD



La asociación 'Ahaztuak 1937-1977' afirmó hoy que el último auto del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón sobre los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo supone "un paso atrás" y evidencia la "triste apuesta" por la vigencia del "modelo de impunidad". Sin embargo, subrayó que no impediría "seguir con la investigación" si existiera "voluntad política".
En una rueda de prensa en Bilbao, el portavoz de la asociación, Marcelo Álvarez, analizó el auto del juez de la Audiencia Nacional en la que declaraba extinguida la responsabilidad penal de Franco y otros altos mandos de su régimen y ha decidido remitir la causa que abrió para investigar los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo a los Juzgados de Instrucción de las provincias donde se encuentran las fosas comunes que autorizó.
Para Ahaztuak, el auto de Garzón contiene "sombras", pero también "algunas luces" con "elementos que son utilizables todavía". No obstante, precisó que "lo que vaya a salir de todo ello va a depender del trabajo" de las víctimas y sus asociaciones y del sector social que "creen que aquí hay una página sin cerrar".
A su entender, con la "inhibición" de Garzón "forzada por presiones" se pone en evidencia "la vigencia del modelo de impunidad para los crímenes del franquismo" que se "gestó en la transición", así como "la triste apuesta actual de la democracia española por seguir manteniéndolo vigente en toda su profundidad".
En esta línea, señaló que "han actuado los diferentes mecanismos del Estado", con un "papel obstruccionista" de la Fiscalía General del Estado, una "campaña de crimanalización" en los medios de comunicación, un "pacto de Estado" entre PSOE y PP para "seguir apostando por ese modelo de impunidad", y un "ataque a la reflexión del primer auto de Garzón" por parte del "estamento eclesiástico".
En cualquier caso, consideró que el auto del pasado día 18 es "un paso atrás" porque "incide en las calificaciones de los delitos del franquismo y los lanza de nuevo a considerarlos delitos comunes" mientras que en el auto precedente "hablaba de crímenes de lesa humanidad, que no prescriben".
No obstante, apreció "elementos rescatables" en este texto, entre ellos "la referencia que sigue haciendo a los delitos del franquismo como lesa humanidad que no prescriben" y "la incidencia que plantea en torno a la derogación de la Ley de Amnistía de 1977" en consonancia con "la recomendación de la ONU".
Álvarez señaló que "la derivación a los juzgados locales de todo lo que tiene que ver con estos crímenes y, sobre todo, las exhumaciones de fosas es un paso atrás", pero "no impediría seguir con la investigación ni con las exhumaciones" si existiera una "voluntad política" que "no hay".
En su opinión, "no podemos pensar que va a caer en las espaldas de estamentos inferiores lo que los estamentos superiores no sólo no han hecho, sino que han impedido que se haga". En esta línea, indicó que "hay elementos, incluso si esos jueces locales van en un sentido correcto que no interese como no ha interesado el auto de Garzón en determinados poderes, para frenarlo y paralizarlo". "Lo que hay de fondo es la necesidad de que haya una verdadera voluntad política de dar salida a este tema de las víctimas del franquismo", insistió.
De cualquier modo, señaló que, si "se abre la vía de los jueces locales", se generará "una dinámica social lo más extensa posible" que tenga "como elemento central" estas instancias.
NIÑOS DE LA GUERRA
Asimismo, advirtió de que "se está tomando como elemento central del auto" de Baltasar Garzón las referencias a las actuaciones sobre los niños desaparecidos en aquel periodo, estimados en más de 12.000, "como señuelo o distracción respecto a lo sustancial del retroceso que ha habido".
En este sentido, reclamó que, a pesar de que se trata de un "elemento doloroso", no debe caerse "en la trampa de gestionar una especie de elemento mediático", en vez de tener en cuenta "las violaciones de los derechos humanos y el plan de exterminio del franquismo en su conjunto".
En este contexto, el portavoz de Ahaztuak subrayó la necesidad de seguir impulsando el trabajo de las víctimas del franquismo, de manera particular y a través de las asociaciones, junto a "ese sector de la sociedad que de una manera clara está apostando por una regeneración de los elementos que aún faltan a la democracia española".
De este modo, se mostró convencido de que "no se puede delegar" esta labor porque "se ha demostrado la dejadez de los partidos, de izquierdas y de derechas, en este terreno". En este sentido, criticó que las iniciativas realizadas recientemente en distintos ayuntamientos para derogar "los cargos honoríficos de Franco" se hayan efectuado "cuando han pasado 30 años de democracia en los que esos ayuntamientos han estado gestionados por partidos que no deberían haber tenido absolutamente ningún tipo de empacho en haber hecho esto en su momento".
"Ahora, por mucho que esté bien hecho y lo aplaudamos, es tarde. Y eso que podía haber sido en su momento un elemento de impulso hacia la verdadera democracia, hoy es un elemento mediático y poco más", lamentó Álvarez, para el que el trabajo de las víctimas del franquismo "es la única garantía para llegar algún a buen puerto". El portavoz de Ahaztuak reivindicó "el ejemplo de Argentina", donde gracias a "la persistencia" de las asociaciones de víctimas "hoy en día los genocidas están siendo juzgados y muchos de ellos encarcelados 30 años después del fin de la dictadura".
Finalmente, lamentó que se ha producido "la enésima bofetada" a las víctimas, generando "una esperanza" para decirles que "no tiene recorrido de la noche a la mañana".
(Europa Press)

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VUELVE LA TRICOLOR DE AZAÑA



Vuelve la ´tricolor´ de Azaña

El comentario de Marcal Isern me pareció muy atinado por eso lo agregué.


El ministro de Cultura observa la bandera de la II República. Foto: Efe
Regresa a España la bandera republicana que acompañó al exilio al presidente de la República
EFE. MADRID. La bandera tricolor republicana que acompañó al presidente de la Segunda República, Manuel Azaña, en su exilio a Francia y que cubrió brevemente su féretro, fue entregada ayer al Ministerio de Cultura por la familia que la custodió desde 1940.Coincidiendo con el 68º aniversario del fallecimiento del último presidente de la II República, la hija de Jean Gregory de Valdés, oficial que protegió la vida de Azaña en Francia, hizo entrega al titular de Cultura, César Antonio Molina, de esta enseña y otros documentos. Según testigos del entierro de Azaña, esta bandera cubrió el ataúd del presidente, aunque finalmente fuera la enseña mexicana -la embajada de este país apoyó a Azaña en el exilio- la que le acompañó en su último paseo por la calles de Montauban (Francia), ante la prohibición expresa del mariscal Pétain de mostrar la republicana.No se permitió inicialmente ninguna manifestación pública de duelo, y aunque finalmente ésta fue autorizada, se prohibió la exhibición de la bandera republicana española. Sin embargo, cientos de republicanos españoles se atrevieron, según recordó el ministro de Cultura, a desafiar "la prohibición del gobierno colaboracionista de Vichy portando banderas republicanas para dar el último adiós a quién fuera su presidente".


¿Cual será el destino de esta hermosa y bien conservada bandera?¿Cuando recibirá Azaña honores de estado, por lo que fue y defendió? Al margen de Banderas símbolicas, cuando tendran las víctimas, los exiliados, los asesinados, etc. una justa reparación? Solo me duele ver a un ministro de un Gobierno, acérrimos defensores de la monarquia, que hasta ahora no han tenido el valor de hacer lo que en justicia es necesario, pero que no dudan en fotografiarse ante un símbolo, que de por si, les supera. Hermosa Bandera.
Viva la República.
Marçal__._,_.___

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EQUIPO NIZKOR Declaración sobre la situación de las denuncias de las víctimas del franquismo ante la Audiencia Nacional
Declaración sobre la situación de las denuncias de víctimas del franquismo ante la Audiencia Nacional.El Equipo Nizkor, ante las numerosas consultas recibidas de organizaciones de víctimas del franquismo, así como de otras organizaciones de derechos humanos, en relación con la situación procesal de las denuncias presentadas en la Audiencia Nacional y que fueron adjudicadas al Juzgado Central de Instrucción Núm. 5, cuyo titular es el Juez Baltasar Garzón, ha considerado necesario hacer algunas precisiones sobre el particular:· 1) La denuncia inicial se presentó ante la Audiencia Nacional mediante escrito de fecha 14 de diciembre de 2006 y, como consecuencia, se abrieron las “Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 399/2006". Dicha denuncia fue presentada por Maria Antònia Oliver París y Margalida Capellà i Roig, como representantes legales de la Associació per a la Recuperació de la Memoria Històrica de Mallorca.· 2) El 29 de enero de 2008 la Fiscalía de la Audiencia Nacional, siguiendo instrucciones verbales del Fiscal General del Estado, emitió su dictamen sobre admisibilidad, en el cual concluye que “no procede admitir a trámite las denuncias presentadas, ex art. 313 Lecrim, al no ser competente el Juzgado Central de Instrucción, debiendo procederse al archivo”.Este dictamen se refiere, textualmente, a “diversas denuncias relativas a las desapariciones, sacas, posible asesinatos, detenciones ilegales, torturas y exilios forzosos...”.· 3) El Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 no resolvió la cuestión de la competencia, pues no procedió ni al archivo de las denuncias, ni a declararse competente, y ello habiendo transcurrido casi dos años desde la denuncia inicial.· 4) No obstante, el Juzgado Central de Instrucción Núm. 5, notificó e hizo públicas sendas providencias de 02 de septiembre y 25 de septiembre de 2008, donde, recurriendo a un instrumento procesal propio de la Audiencia Nacional, ordenó una serie de diligencias que podemos llamar “documentales” para, presuntamente, encontrar elementos que permitan resolver su competencia o no en el procedimiento.· 5) En ninguna de la dos providencias el Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 fundamenta, ni siquiera provisionalmente, la cuestión de fondo de la competencia, es decir, el sustento jurídico para decidir el archivo de las denuncias o la competencia.Teniendo en cuenta que los jueces sólo hablan por sus escritos, hasta la fecha, el titular del Juzgado de Instrucción Núm. 5 ha mantenido un silencio absoluto sobre las cuestiones de fondo.Como consecuencia, y al no ser parte en el procedimiento, consideramos que no existen elementos suficientes que permitan hacer una valoración de la actuación del titular del Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 sobre la base del derecho interno, el derecho internacional humanitario, el derecho internacional de los derechos humanos o de la jurisprudencia aplicable al caso.· 6) Dadas la repercusión y expectativas que necesariamente comporta la actuación del titular del Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 entre las asociaciones de víctimas y entre las víctimas del franquismo, creemos que es necesario hacer una llamamiento para que se respete en forma estricta el debido proceso y se proceda conforme a los estándares previstos para toda investigación penal, de manera tal que no se pueda poner en duda el procedimiento de investigación en la fase de instrucción, ni poner en duda el nivel de prueba necesario para este tipo de delitos, llegado el caso.· 7) Recordamos que la base documental reviste una importancia primordial de cara a las pruebas del tipo penal de “crímenes contra la humanidad” y que existen normas procesales y de validación y certificación de pruebas documentales que no pueden ser obviadas en ningún caso si lo que se pretende es que éstas gocen de un valor indubitable en cuanto pruebas procesalmente válidas y puedan soportar el principio de contradicción procesal.Por lo tanto, sugerimos que estos extremos sean tenidos en cuenta a la hora de realizar estas diligencias procesales excepcionales hoy en curso.· 8) De la misma manera, consideramos necesario una prudencia responsable en la utilización de los tipos penales, tanto en su consideración desde el punto de vista del derecho internacional, como del derecho interno. En ese sentido, recordamos que la investigación de hechos como los ocurridos bajo el régimen franquista son de una complejidad procesal y de fondo que no puede trivializarse y menos aún utilizarse en forma no acorde con los hechos o con las pruebas existentes.No albergamos duda alguna de que los actos represivos cometidos por el régimen franquista son constitutivos de los ilícitos penales que, de conformidad con el derecho en vigor y la jurisprudencia aplicable, son subsumibles en el tipo penal de “crímenes contra la humanidad”, tal cual hemos fundamentado en todos los documentos que hemos hecho públicos desde 2004.Somos conscientes de que existen problemas importantes en la tipificación penal dependiendo en gran medida del periodo cronológico que se deba investigar, pero no tenemos duda de que no son aplicables tipos penales como el de genocidio, dado que la finalidad de los crímenes cometidos por el régimen franquista no se corresponde con la finalidad requerida por ese tipo penal, independientemente de otras valoraciones que deberán resolverse, llegado el caso, en el incidente de competencia o de archivo.· 9) Esperamos por tanto que el juez titular del Juzgado Central de Instrucción Núm. 5, resuelva definitivamente la cuestión de la competencia en el caso y fundamente esa resolución en forma concordante con el derecho internacional y con la jurisprudencia europea e internacional que afectan a la denominada “cuestión de fondo”, partiendo del supuesto de que se han de aplicar las normas del debido proceso y que en ningún caso, desde un Juzgado de Instrucción, se pueden aplicar fórmulas propias de la denominada “justicia transicional”, que están alejadas del derecho a la justicia que ha de garantizarse a todas las víctimas.· 10) Resulta a todas luces incomprensible la posición adoptada en declaraciones públicas por parte de altas autoridades gubernamentales, tales como el Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y el propio Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, según las cuales, existiría un apoyo del Gobierno al procedimiento en curso. La posición en ellas contenida es incompatible con las instrucciones de la Fiscalía General del Estado en el sentido de rechazar la competencia del Juzgado de Instrucción Núm. 5 y solicitar el archivo de la denuncias.De ser cierto este apoyo por parte del Gobierno a una investigación penal sobre hechos ocurridos durante la dictadura franquista, éste debería canalizarse mediante instrucciones precisas al Fiscal General del Estado para que el Ministerio Fiscal apoye la competencia del Juez Instructor en este caso, sin que quepa ninguna otra medida ética y moralmente aceptable en un estado democrático de derecho.· 11) Habiendo observado, como lo han hecho todas las asociaciones de víctimas y cualquier ciudadano, el posicionamiento de los medios de prensa en contra de la investigación de los crímenes del régimen franquista, como es el caso del diario El Mundo, o el intento de diarios como El País consistente en manipular los tipos penales y en realizar análisis pretendidamente “legales” pero que no tienen ni la objetividad, ni la intencionalidad de promover valores como la verdad y la justicia, hacemos un llamamiento a los responsables de los medios para que respeten a los cientos de miles de víctimas del franquismo y cumplan con los códigos deontológicos de la profesión periodística en todas las informaciones relacionadas con los crímenes franquistas o con sus víctimas.· 12) Desde nuestro documento “La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas”, hecho público en 2004 y que fue el primero en analizar lo que hemos denominado el “modelo de impunidad español”, hemos pedido la investigación penal de los crímenes del franquismo, entre otros aspectos incluidos en el que, en su momento, denominamos “Plan de Acción”. Asimismo, tanto el Equipo Nizkor como las asociaciones que nos han apoyado, hemos hecho públicas numerosas declaraciones argumentando esta necesidad, pero en todas ellas hemos partido de que es necesaria la transparencia procesal y el cumplimiento del derecho a la justicia como única forma de reparación a las víctimas del franquismo, por eso mismo exigimos que se apliquen en forma escrupulosa todas las normas del debido proceso como única manera de reconocimiento y de respeto a las víctimas y sus familiares.· 13) Por último, ratificamos en esta oportunidad la declaración “Entre la cobardía moral y la ilegalidad” que hicimos pública, con el apoyo de la práctica totalidad de las asociaciones de víctimas del franquismo, el 1 de septiembre de 2006El actual estado de cosas no es más que la consecuencia de la falta de responsabilidad ética, moral y legal de los grupos políticos parlamentarios que apoyaron la denominada Ley de la Memoria Histórica, la cual no da solución legislativa a los principales aspectos de la cuestión de las víctimas del franquismo, dejando en la indefensión más absoluta a las víctimas y sus familiares y, más aún, pretende alejarles de la historia común europea y especialmente de las soluciones que se adoptaron en la materia en los países que sufrieron regímenes fascistas o nacionalsocialistas.Madrid, 30 de septiembre de 2008
Gregorio Dionis, Presidente del Equipo Nizkor

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martes, 25 de noviembre de 2008

El Ayuntamiento de Toledo retira a Franco la Medalla de Oro de la Ciudad y la del Alcázar

VEGAMEDIA PRESS

El Ayuntamiento de Toledo retira a Franco la Medalla de Oro de la Ciudad y la del Alcázar Actualizado 20/11/2008 21:17h
El pleno del Ayuntamiento de Toledo aprobó hoy la moción del Grupo Municipal de IU para la retirada de la Medalla de Oro de la Ciudad, y de la Medalla de Oro del Alcázar de Toledo a Francisco Franco Bahamonde, coincidiendo con el aniversario de su muerte, con los votos a favor de PSOE e IU y el voto en contra del PP. En este sentido, el portavoz del Grupo Municipal de IU, Aurelio San Emeterio, con motivo de su turno de palabra en el pleno capitalino, hizo un repaso por los distintos hechos históricos acontecidos durante la Guerra Civil y en la Dictadura Franquista que calificó como “crímenes contra el pueblo español”. La moción insta igualmente al Ayuntamiento de Toledo a tomar en consideración la necesidad de aplicar la Ley 25/2007, del 26 de diciembre, por la que se reconocen y se amplían derechos y se restablecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra civil y la Dictadura, facilitando los medios adecuados para que así sea en el futuro. Por su parte, el portavoz del Grupo Municipal Popular, Lamberto García Pineda, justificó la decisión de su grupo político asegurando que quitar la Medalla de oro de la Ciudad a Franco no es un problema que interese a los vecinos de la capital regional. A lo que añadió que problemas como el paro, el tráfico, o la crisis “son los que verdaderamente se deberían debatir en esta Cámara municipal”. Asimismo, apuntó que la moción “rompe” las reglas de consenso en las que se basó la Transición democrática, y consideró que “es innecesaria y perjudicial” para la convivencia de los españoles. Así, aprovechó la situación para hacer “un homenaje unánime” a todos aquellos que sufrieron con la Guerra Civil y el Franquismo. Para terminar, el edil manifestó que con su propuesta IU “pretende la quiebra de un proceso político en el que la mayoría de nosotros nos reconocemos, desligitimando el pacto de la Transición”, y recordó las palabras del ex presidente del Gobierno, Felipe González, en las que decía que “Franco forma parte de la historia y no podemos borrarla nos guste o no nos guste”.

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ROUCO PIDE OLVIDAR A FRANCO PARA EVITAR CONFRONTACIONES VIOLENTAS

Rouco pide "olvidar" a Franco para evitar "confrontaciones violentas"
• El presidente de los obispos dice que recobrar la memoria histórica puede "deteriorar la convivencia"
• El PSOE replica que la Iglesia beatificó a cientos de religiosos asesinados por el bando republicano

JUAN RUIZ SIERRAMADRID
Frente a las leyes de memoria histórica, la apertura de fosas y las investigaciones judiciales al franquismo, el presidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), el cardenal Antonio María Rouco Varela, ofreció ayer su propia receta para cerrar las heridas de la guerra civil y la dictadura: el olvido. Si no se corre un tupido velo sobre lo que ocurrió el siglo pasado, sostuvo el también arzobispo de Madrid durante la inauguración de la asamblea plenaria de los prelados, España puede caer otra vez en las "confrontaciones violentas"."No son pocos los que manifiestan una justificada inquietud ante el peligro de un deterioro de la convivencia serena y reconciliada", señaló Rouco en un discurso largo, leído, y en el que evitó, a diferencia de otras ocasiones, detenerse en sus discrepancias con las posiciones que defiende el Gobierno socialista. "Siempre es necesario vigilar para evitar de raíz actitudes, palabras, estrategias y todo lo que pudiera dar pábulo a las confrontaciones que puedan acabar siendo violentas --continuó--. Es necesario cultivar el espíritu de reconciliación que presidió la vida social y política en los años de la transición. A veces es necesario saber olvidar. No por ignorancia o cobardía, sino en virtud de una voluntad de reconciliación y de perdón responsable y fuerte. Es lo que puede llamarse una auténtica y sana purificación de la memoria".BEATIFICACIONESOcurre, sin embargo, que hace poco más de un año, en octubre del 2007, los obispos españoles culminaron la mayor beatificación de la historia: 498 mártires, 496 de ellos de la guerra civil, casi todos sacerdotes y religiosos fallecidos a manos del bando republicano. "Me sorprende que quien está promoviendo beatificaciones en relación con personas de aquella época apele ahora al olvido. Algunos tienen amnesia en función de si les conviene o no", dijo sobre el discurso de Rouco el vicesecretario general del PSOE, José Blanco. Precisamente tras esa gigantesca beatificación, celebrada en Roma, el antecesor de Rouco en el cargo, Ricardo Blázquez, considerado menos conservador, manifestó algo distinto sobre la guerra civil: planteó la necesidad de que la Iglesia pida perdón por sus "actuaciones concretas" en la contienda.El arzobispo de Madrid, al abrir una asamblea plenaria en la que los prelados decidirán mañana quién ocupará el cargo de secretario general, también se detuvo en una cuestión tan actual como la crisis. Echando mano de una expresión del agrado del papa Benedicto XVI, el "relativismo moral", Rouco apuntó a la codicia como detonante.EL ABORTO Y LA CRISIS"Es momento de examinar si la vida económica no se ha visto dominada por la avaricia de la ganancia rápida y desproporcionada; si el derroche y la ostentación, privada y pública, no han sido presentados con demasiada frecuencia como supuesta prueba de efectividad económica y social", declaró el cardenal, quien, sin citar al Ejecutivo, citó dos factores que a su juicio ayudan a explicar el actual desastre financiero: el hecho de que la familia no reciba "el apoyo cultural, social y legal adecuado" y "el sacrificio doloroso y legalmente tolerado de tantas vidas inocentes a través de la práctica sistemática del aborto".



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lunes, 24 de noviembre de 2008

EUDALDO SERRANO RECIO, Homenaje al teniente alcalde del Frente Popular en La Torre (Toledo)


EUDALDO SERRANO RECIO Homenaje al teniente alcalde del Frente Popular en La Torre (Toledo).


Su hermano Daniel con la placa
entre sus brazos





Familiares de EUDALDO SERRANO RECIO, alrededor de la placa puesta el 29-10-08 encima de la tumba de sus padres (Cementerio de La Torre de Esteban Hambràn, Toledo). Muchos, que no pudieron acudir, también estaban con el pensamiento.Seguramente nos encontraremos de nuevo en abril, todos, en el Cementerio del Este de Madrid, para el gran homenaje a todos los fusilados del período de 1939 a 1944.



El pasado día 29 de octubre se celebró en la localidad toledana de La Torre de Esteban Hambrán un homenaje a dos de sus ciudadanos más simbólicos y a su vez más desconocidos por el “olvido” a que se ha sometido la reciente historia de nuestro país debido, en parte, al poco o nulo interés de los poderes públicos. D. Pedro Caballero Bermúdez, asesinado en 1940 en Talavera y D. Eudaldo Serrano Recio, asesinado en 1941 en Madrid, y que desempeñaban las responsabilidades de Alcalde y Teniente de Alcalde de la localidad en la República.

El acto fue organizado por los familiares de estos ciudadanos, cargos públicos electos, y la Asociación de Descendientes del Exilio Español, así como los jóvenes de la Agrupación socialista de la localidad. Asistieron el hermano de D. Eudaldo, D. Daniel y la hija de este Rose-Marie, que viajaron desde Francia, la Presidenta de la Asociación, Dª Luzdivina García y el Presidente de la Agrupación, D. Narciso Pinto. El Foro por la Memoria de Toledo se solidarizó con los organizadores ya que desde hace tiempo ha mantenido una relación estrecha con la familia de D. Eudaldo interviniendo para que el Ayuntamiento de la localidad tomara en cuenta la historia de este hombre, gran trabajador por la libertad y la legalidad republicana que, además, fue fundador del PSOE local y de la sociedad obrera “La defensa” afecta a la UGT. Una localidad que mantiene los nombres franquistas en su callejero y, en el colmo del bochorno, tiene su Colegio Público con la denominación del líder falangista que en julio de 1936 se levantó en armas contra sus propios paisanos.

Dª Luzdivina leyó como parte importante del acto el sumario 9925 por el que se condenó a muerte y cárcel a varios torreños, y D. Daniel leyó un poema dedicado a estos familiares y compañeros, así como hizo entrega de una placa de granito que trajo desde su residencia en París.

ELEGIA POR EUDALDO SERRANO RECIO

Creciste entre viñas y olivos.

A Daniel le enseñaste las letras,

De ti admiró la belleza del verso,

Y también le guiaste en el arte labriego.

Contigo aprendió el valor y el poder del trigo

Y cómo llevar las mieses a la era.

De joven, de baile y teatro fuiste en La Torre

El heraldo.

Con Luis Santana (1), como Lorca, trajiste aquí las luces

Porque os gustaba del ruiseñor el trino,

Y de « Juan José », de Dicenta, el brío.

A los avances del Frente Popular abriste aquí las puertas,

Con Pedro Caballero, el noble Alcalde (2),

Para dar Escuelas y saber a niños,

Aperos y ganado a braceros,

Que siempre arrastraron por el Monte (3)

Sin remedio ni ayuda su infortunio.

EUDALDO, hermano mío, de esos logros famosos

Y de aquella inmensa y magnífica esperanza

Con otros, tú fuiste paladín y mensajero.

Por eso ahora he venido, al pie

De la tumba de nuestros seres amados,

A rendirte este humilde homenaje,

Con amigos y deudos, que juntos no queremos

Olvidar tu infausto sino.

¡Qué pronto luzca el nombre tuyo

En una plaza, calle o alameda

De este pueblo querido, al que dejaste

En octubre de aquel oscuro otoño (4)

Del que ya pasaron setenta y dos años!

¡EUDALDO! Jamás te olvidaremos.

Daniel y Rose-Marie Serrano

(París, 5 de octubre de 2008)


D. Manuel Azaña dijo que “la libertad no hace feliz al hombre; simplemente le hace hombre”, rendimos homenaje a todos estos hombres que lucharon por la libertad.

Emilio Sales Almazán

Foro por la Memoria de Toledo.

Rose-Marie Serrano, sobrina de Eudaldo Serrano Recio escribe en París, 20-11-2008 .

Aunque se le conceda a Eudaldo la « Amnistía », o sea el « perdón » (¿Qué hizo que no fuera justo para que se le « perdone » ? ¿Por qué no se le perdonó en 1939 ?) , pedida por unos familiares en nombre de todos, amnistía que también habría que conceder a su hermano Daniel, a todos los condenados del sumario 9925, a los 3000 fusilados del Cementerio de Este de Madrid y a muchos màs torturados, encarcelados y asesinados por los sublevados ( fue un genocidio, como se dice en « Los esclavos de Franco »), ¿no es lo esencial, lo primordial, que los jóvenes, en vez de leer en las calles de su pueblo –de tantos pueblos- los nombres de los facciosos (José Antonio, Juan Aguado, en La Torre E. H.), lean el de EUDALDO SERRANO RECIO, el de PEDRO CABALLERO BERMUDEZ (alcalde del Frente Popular), el de los defensores de la II Repùblica ?¿Cuàndo se cambiaràn los nombres, que es lo esencial ? Ya va un año de la Ley de Memoria.
Eudaldo tiene sobrinos de treinta, veinte y diez años . Ninguno aùn pudo leer su nombre en una calle. Sólo està en el Cementerio de La Torre de E. H. (donde no estàn sus restos, perdidos) y en Internet. Se mereció mejor suerte, la de un hombre esclarecido, pero vilmente asesinado, uno de esos hombres generosos que no supo producir la dictadura franquista, régimen despiadado, cuya oscuridad aùn permanece en muchas mentes, en tantos corazones.
Decía JEAN JAURES : « El coraje es buscar la verdad y decirla ». Digàmosla con el político francés, ya es hora de poner en España calles, monumentos y memoriales a las víctimas de los franquistas.











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Escrito que presentó el Fiscal Zaragoza sobre incidente de competencia

A LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL

El Fiscal, en el expediente 34/08 sobre incidente de competencia
planteado en relación con el sumario 53/08 (caso MEMORIA HISTÓRICA) del
Juzgado Central de Instrucción nº 5, y como ampliación al escrito de
fecha 21-10-08 en el que se promueve el citado incidente, dice:

1. Que a pesar de haberse cuestionado por la vía del art. 23 de la
L.E.Criminal la competencia objetiva y funcional del indicado Juzgado
Central de Instrucción para la investigación de los hechos, se ha tenido
conocimiento de que el Juzgado Instructor (en este caso el sustituto
legal del Juzgado), ha seguido ordenando la práctica de diligencias y
dictando resoluciones, de las que se acompaña copia.

2. Que conforme al art. 22. inciso 2º, de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal el Juez Instructor, no puede practicar más diligencias que
aquellas que sean necesarias para comprobar el delito o de reconocida
urgencia, y parece obvio que todas las diligencias acordadas no revisten
ese carácter.

Por todo ello, solicita a la SALA adopte las medidas oportunas para el
estricto cumplimiento de las previsiones legalmente establecidas y
aplicables a este caso y ordene al Instructor que se limite a practicar
diligencias esenciales que no causen a terceros perjuicios irreversibles
de difícil reparación, caso de estimarse el incidente de competencia
planteado.

Madrid a 7 de Noviembre de 2008.

EL FISCAL

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL.

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domingo, 23 de noviembre de 2008

Asociaciones para la Recuperación de la Memoria Histórica no recurrirán la decision de Garzón

MADRID, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -
Las asociaciones para la Recuperación de la Memoria Histórica que propiciaron el inicio de la investigación sobre los desaparecidos de la Guerra Civil y el franquismo no recurrirán el último auto del juez Baltasar Garzón por el que el magistrado se inhibe del caso, sino que optarán por confiar en que los juzgados territoriales se declaren competentes para asumir el caso.
Así lo acordaron las asociaciones en una reunión mantenida en la tarde de ayer, según informaron a Europa Press en fuentes de los abogados que las representan.
El punto principal de la reunión pasaba por decidir si recurrían la decisión del juez Garzón o presentaban nuevas actuaciones en su juzgado antes de que el auto adquiera firmeza.
No obstante, finalmente decidieron por confiar en que los juzgados de los territorios en los que se encuentran las distintas fosas se declaren competentes.
Además, las mismas fuentes avanzaron la intención de las asociaciones de personarse en las causas que eventualmente abran los distintos juzgados provinciales. "Todo ello reforzará más nuestra posición que presentar un recurso", insistieron dichas fuentes.
La reunión de las asociaciones para la Recuperación de la Memoria Histórica celebrada ayer es fruto del encuentro que mantuvieron el miércoles con el juez Baltasar Garzón.
El magistrado las recibió en su Juzgado Central de la Audiencia Nacional, donde les explicó el auto por el que se inhibía en la investigación de los desaparecidos de la Guerra Civil y el Franquismo en favor de los juzgados territoriales. Las asociaciones abandonaron la sede judicial con el propósito de mantener una reunión para decidir si optaban por recurrir la última decisión del juez.

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Manifiesto de AI en defensa de los derechos de las víctimas de la Guerra Civil y el Franquismo

Más de 40 expertos juristas se adhieren al Manifiesto de AI en defensa de los derechos de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo Recibido de Amnistía Internacional el 19/11/2008 13.51
Amnistía Internacional (AI) publica hoy el Manifiesto “Para pasar página, primero hay que leerla”, al que se han adherido en los últimos cinco días más de 40 juristas de prestigio internacional y abogados y académicos españoles, en el que pide al Estado español que garantice una investigación judicial efectiva e imparcial sobre las desapariciones forzadas cometidas durante la Guerra Civil y el Franquismo.
Además, la organización ha habilitado en su web un espacio para que cualquier persona se pueda adherir al Manifiesto en www.actuaconamnistia.org, y las firmas que se recojan en los próximos días serán enviadas al Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, al que la organización ya ha hecho llegar las primeras 40 adhesiones de expertos juristas, como José Antonio Martín Pallín, miembro de la Comisión Internacional de Juristas y Magistrado Emérito del Tribunal Supremo; Hugo Omar Cañón, Fiscal General de Buenos Aires; Susana Villarán, ex integrante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; Carlos Iván Degregori, miembro de la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú; y Roberto Garretón, ex abogado de la Vicaría de Solidaridad durante la dictadura de Pinochet; entre otros muchos. Ante los acontecimientos de los últimos días, en los que ha quedado patente la falta de voluntad de las autoridades para cumplir con la obligación del Estado de investigar posibles crímenes contra la humanidad, tal y como establece la normativa internacional, Amnistía Internacional insta a las autoridades competentes a proteger los derechos de las víctimas sin más dilación. Asimismo, AI recuerda que la obligación del Ministerio Fiscal de hacer cumplir la legalidad incluye garantizar recursos efectivos para que las víctimas puedan acceder a la justicia, la verdad y la reparación.España tiene el deber y está en sus manos poner fin a la prolongada injusticia a la que se ha sometido a las víctimas de desaparición forzada y sus familiares, llevando a cabo las investigaciones necesarias para dar con el paradero de los restos de estas personas, y esclarecer las circunstancias en las que se produjeron estos crímenes atroces. Y para ello, las autoridades competentes deben responsabilizarse de aplicar los estándares internacionales fijados en materia de desapariciones, exhumaciones y recuperación de cuerpos. No existe ningún otro antecedente, excepto España, en que un Estado haya trasladado a las familias de las víctimas las tareas y responsabilidades de abrir fosas, exhumar restos e identificar los cuerpos.Además, para la comunidad internacional, cualquier Estado que, con desprecio a los derechos de las víctimas, busque establecer la lógica del olvido respecto a este tipo de crímenes, se coloca al margen de la legalidad internacionalmente establecida.Información complementariaEl 16 de octubre, el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional dispuso admitir a trámite y declararse competente para investigar los crímenes de desaparición forzada cometidos durante la Guerra Civil y el Franquismo.El 20 de octubre de 2008, el Ministerio Fiscal formulaba un recurso ante la Sala de lo Penal solicitando el archivo del auto de admisión a trámite. Entre otras alegaciones, se invocaba la aplicación de la Ley de Amnistía de 1977 y la prescripción de los delitos para frenar la investigación, medidas que podrían suponer el establecimiento de mecanismos de impunidad incompatibles con la legalidad internacional respecto de crímenes contra la humanidad.El 31 de octubre de 2008, el Comité de Derechos Humanos de la ONU publicaba el proyecto de observaciones finales al quinto informe periódico de España, en el que recomendaba a las autoridades españolas tomar medidas para derogar la Ley de Amnistía de 1977, garantizar la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, establecer una comisión independiente para establecer la verdad histórica sobre violaciones de derechos humanos cometidas durante la Guerra Civil y el Franquismo, y garantizar la localización, exhumación e identificación de los restos de las víctimas, y la restitución a los familiares.El 7 de noviembre, y a instancias del Ministerio Fiscal, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en pleno extraordinario suspendió cautelarmente la apertura de fosas autorizadas por el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la AN.El 18 de noviembre, el Juez Instructor de la Audiencia Nacional hacía público un auto por el que se inhibía de esta causa a favor de los Juzgados de Instrucción territoriales.Los crímenes contra la humanidad son reconocidos por el derecho internacional desde hace más de un siglo dada su naturaleza especialmente ultrajante para la conciencia de toda la humanidad. Las desapariciones forzadas, o delitos de detención ilegal sin dar razón del paradero, son un crimen contra el derecho internacional que, cuando son perpetrados de forma sistemática y generalizada contra la población civil, constituyen un crimen de la mayor gravedad y cuya prohibición absoluta no era desconocida en 1936, ni en 1977, ni en los años posteriores.La responsabilidad internacional del Estado para con las víctimas es también exigible desde entonces. La transición y los sucesivos gobiernos no se ocuparon de los derechos de quienes padecieron abusos graves y fueron privados de reparación y recursos efectivos. Los autores de tales crímenes no fueron llevados ante la justicia ni hubo una investigación imparcial para esclarecer los crímenes del pasado.Amnistía Internacional publicaba el pasado 12 de noviembre el documento “Mitos y distorsiones” y el Informe “España: La obligación de investigar los crímenes del pasado y garantizar los derechos de las víctimas de desaparición forzada durante la Guerra Civil y el Franquismo”, en los que se ponía de relieve que las alegaciones del Ministerio Fiscal para frenar la acción de la justicia son totalmente incompatibles con el derecho internacional, así como con el ordenamiento jurídico español.

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La memoria de la tierras Exhumaciones de Fosas Comunes


Las exhumaciones de asesinados por la represión franquista siguen siendo noticia en esa España que parece condenada a estar dividida en dos para ciertos temas de forma eterna. Los descendientes de quienes mataron -y alguno de estos que aún queda- dicen que para qué remover el pasado, que hay cosa que es mejor no menearlas. Como les regalaron el futuro, han dado por seguro que también les regalarían el pasado, lo que, bien visto, tiene toda su lógica. A la pregunta de para qué remover la Historia se puede responder de muchas maneras. Por ejemplo, con los textos del libro recientemente publicado La memoria de la tierra : Exhumaciones de asesinados por la represión franquista (ed. Tébar). En el primero de ellos, escribe Manuel Rivas:

Según el Talmud, Dios inventó el ser humano para oírle contar cuentos. Ésta es una. Otra: Dios, previsor, temeroso de un Alzheimer divino, creó al ser humano para depositar en alguien la facultad de recordar. En el móvil, algunos mensajes llegan hoy desde lo desconocido. Son graffitis electrónicos. Uno dice con humor: “De este mundo no podemos caernos”. Otro informa con horror: “Día Mundial de los Desaparecidos. En España, todavía 30.000 cadáveres secretos en fosas comunes. Exige justicia para ellos”. La conciencia es digital. Andrés Crespo, arqueólogo, está acostumbrado a que la memoria trabaje con los dedos; por eso se le han trabado las rodillas y usa muletas para andar, tantas horas hincado en la húmeda fosa.
Pero hay que seguir con paciencia infinita la grafía de los huesos. Un muerto lleva a otro

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viernes, 21 de noviembre de 2008

SECRETARIA DE FORMACIÓN POLÍTICA DEL
COMITÉ NACIONAL DE LA UNIÓN CÍVICA RADICAL

Debemos ser claros y ser coherentes antes nuestra propia Historia y solidarios con quienes lucharon contra el fascismo por la libertad del mundo.

Desde luego que no se trata de entrometerse en asuntos internos de otro país.

La Unión Cívica Radical, presidida entonces por el doctor Marcelo T. de Alvear, fue pionera, clara y decidida con la lucha del Pueblo español, con la legalidad encarnada en la II República, solidaria en los dichos y en los hechos con los que en la Península luchaban por la libertad del mundo. Varios radicales marcharon a España a tomar las armas repblicanas, como también lo hicieron otroas fuerzas políticas argentinas de esa época.
A través del tiempo y de los años, mientras el genocida F. Franco seguía torturando y asesinando, la U.C.R., a través de sus organismos, de sus legisladores, bregaban por el fin de ese interminable martirio. España fue regugio de cuanto fascista o nazi no hallaba cobijo en otra parte.
Aquí murieron, en el exilio figuras de la talla de Niceto Alcalá Zamora, de Francisco Galán. de Ángel Ossorio y Gallardo, músicos, poetas, obreros, militares,...impedidos de volver a su tierra por un régimen asesino,

En este 25 aniversario de la recuperación de la Democracia, salvada de mano de los discípulos de Franco y sus sicarios. Los mas importantes partidos políticos españoles, entre ellos el Partido Popular. el Partido Socialiasta Español y el Partido Comunista, a diferencia de la Unión Cívica Radical, que derogó la porquería llamada "ley de autoaministía", sancionó, fría, cobarde y deliberadamente algo similar denominada "Pacto de la Moncloa". Todos los crñimenes, el sistema monárquico impuesto a la fuerza ppor la tiranía, quedaron vivos y coleando.


Ahora, a setenta años, casi del fin de la guerra, gobernando el Partrido Socialista Obrero Español desde hace años, se traban todos y cada uno de los intentos de cientos de miles de españoles.. muchos de ellos con parientes en nuestro paìs, de recobrar, siquiera los restos de sus familiares desarecidos, que suman cientos de miles de seres humanos, arrojados a fosas comunes.

El Gobierno del Partido Socialista Obrero Español se hace el burro, es decir cómplice.

Nosotros estamos de más en la Internacional Socialista o lo Está el Psoe.

No es para orgullo radical ostentar el logo de la I.S. mientras este acto infame no cese, y se permita a los deudos el derecho de rastraer y tratar de localizar los cadáveres de los asesinados por el fascismo en su versión franquista.

Por ello, pùblicamente, esta Secretaróa solicita al comité Nacional que solicite, cuando menos, la suspensión del Partido Socialista Obrero Español de la I.S. y quite de la página del Comité Nacional del logo respectivo, para no complicarse en esta retorcida maniobra, que atenta contra el pensamiento, las resoluciones concretas, que perduran el tiempo y que de no tomarse, constituirían un claro agravio contra los radicales, contra los organismos partidarios, que. en su momento lucharon por la Libertad.

Podrán argüirse arguentaciones tearrales o leguleyas. Raúl Alfonsín derogó la maniobrta puerca de los genocidas. Los Socialstas españoles se hicieron cómplices....Se olviaron en los hechos de sus miles de héroes. Michas plazas, monumentos, pero los crímenes quedaron impunes. Esa es la cruda y dura realidad. Muy triste realidad. Siguen aterrados por el llamado grotescamente "Caudillo de España por la Gracia de Dios", pese a las décadas. Y los huesos siguen esparcidos, No les importa. Los muertos no votan

Pareciera que una burla sangrienta contra los que dieron la vida defendiendo también nuestra libertad, se perpetra, con frialdad malvada, justamente en el 33 aniversario de la muerte de unos de los mayore smonstruos de la historia universal.

Para que se nos crea debemos obrar con coherencia.

Tal vez perdamos viajes, pero ganaremos dignidad.

20 de noviembre de 2008


Enrique Pereira
Secretario de Formación Política de la Mesa Directiva del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical

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Garzón renuncia a causa contra crímenes de la guerra civil española

El Nacional Periódico
El juez Baltasar Garzón anunció el martes su renuncia a seguir investigando los crímenes cometidos en la guerra civil española y dejó en manos de los juzgados locales el caso, con el objetivo, dijo, de acelerar la apertura de fosas en las que permanecen enterradas las víctimas del conflicto.
En un auto de 152 páginas, el magistrado lamentó la disputa judicial sobre su competencia en la causa, cuestionada en un recurso de la fiscalía de la Audiencia Nacional.
En ese sentido, Garzón defendió en el escrito sus argumentos originales, asegurando que las atrocidades cometidas durante la guerra civil (1936-1939) y los primeros años de dictadura del general Francisco Franco constituyen crímenes contra la humanidad.
Sin embargo, el fiscal consideró que los crímenes mencionados por Garzón prescribieron al amparo de la ley de amnistía, promulgada en 1977 poco después de la muerte de Franco.
Como consecuencia de este conflicto de competencia, la Audiencia paralizó la apertura de más de 20 fosas comunes en las que siguen enterradas miles de víctimas de la guerra y el régimen franquista.
Una de ellas, es en la que se cree se encuentran los restos del poeta Federico García Lorca.
Garzón señaló que si abandona el caso es para desbloquear el proceso y reanudar la exhumación de cadáveres.

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jueves, 20 de noviembre de 2008

EL DIA DE AYER 19/11/08 FUE LUCTUOSO PARA ESPAÑA

Garzón renuncia a investigar el paradero de víctimas de franquismoHace 58 minutosMADRID (AFP) — El juez Baltasar Garzón renunció a investigar el paradero de los desaparecidos de la Guerra Civil y el franquismo en favor de los tribunales provinciales, anunciaron este martes fuentes judiciales.Garzón decidió enviar la causa a los juzgados territoriales en los que se encuentran las 25 fosas comunes que autorizó a abrir para encontrar a desaparecidos de la Guerra Civil (1936-1939) y la dictadura franquista (1939-1975), indicaron las fuentes.El juez de la Audiencia Nacional anunció el pasado 16 de octubre que iba a investigar la suerte de más de 114.000 desaparecidos de ese período.Garzón toma la decisión de este martes antes de que la Audiencia decida si es competente para efectuar esta investigación.La fiscalía recurrió la decisión de Garzón, ya que se oponía alegando que la competencia correspondía a los juzgados territoriales.

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DIVAR NO SE PRONUNCIA

gentedigital. es19/11/2008 - 20:12
En las Jornadas Nacionales de Justicia y Comunicación que celebra estos días el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en Valencia, los cinco magistrados han eludido aventurar qué harán los jueces competentes en cada uno de los territorios donde Garzón ha enviado la causa, si bien han coincidido en que la justicia penal precisa de la existencia de un delito y de su posible autor para poder sentarlo en el banquillo. DÍVAR NO SE PRONUNCIA
El presidente del Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Carlos Dívar, descartó hoy que el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón tratara de "abrir heridas del pasado" con su investigación de los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo, aunque rechazó ir más allá en su valoración sobre un caso que "está todavía en trámite".
Por su parte, el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, aseguró que el Gobierno "seguirá trabajando" para aportar "todos los medios" a "los familiares que busquen a los suyos en las fosas y quieran darles un enterramiento como debe ser"."Yo no creo que la idea del juez haya sido necesariamente abrir heridas del pasado, sino tal vez encontrar alguna manera de que algunas personas que se sentían dolidas porque no había un enterramiento adecuado... bueno, yo lo dejo ahí". Estas fueron todas las palabras de Carlos Dívar respecto a la decisión de Garzón de iniciar una investigación sobre los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo o sobre si los juzgados territoriales a los que ha remitido la causa deberían seguir con la causa."No sé si los juzgados territoriales tienen que abrir las fosas porque lo primero que tienen que hacer es aceptar las competencias, después ver si el fiscal mantiene su recurso y después hay que saber lo que va a decidir la Sala de lo Penal", indicó, recordando que el procedimiento está "todavía en trámite y no hay una decisión firme".
Mientras, en las Jornadas Nacionales de Justicia y Comunicación que organizó el CGPJ en Valencia, presidentes de cinco tribunales superiores de Justicia (Valencia, Cataluña, Zaragoza, Santander y Castilla y León) coincidieron en señalar la dificultad de mantener abierto un caso cuyos presuntos autores están muertos.Este hecho, en cualquier caso, no ha desaminado a las asociaciones para la recuperación de la Memoria Histórica, que hoy fueron recibidos por Garzón en la Audiencia Nacional, donde les explicó su auto de inhibición. Ahora, las asociaciones pretenden mantener una reunión el próximo sábado para decidir si recurren la última decisión del juez o si presentan nuevas actuaciones en su juzgado antes de que el auto adquiera firmeza, es decir, en el momento en el que expire el plazo de cinco días hábiles -hasta el próximo martes- para presentar recurso por parte de la Fiscalía o de las víctimas.

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