GARZON Y EL SUPREMO
El Supremo respalda a la Audiencia al acordar no investigar el franquismo
Rechaza el recurso de varias asociaciones de Memoria Histórica
Entre los firmantes del recurso están la nieta de Negrín, UGT y CGT
La Audiencia declaró incompetente a Garzón para abordar las investigaciones
Efe
Madrid
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso de queja de las asociaciones de Memoria Histórica contra el acuerdo de la Audiencia Nacional de no dejarles recurrir su decisión de declarar la incompetencia de este tribunal para investigar las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo.
En un auto, la Sala de lo Penal del TS desestima el recurso de queja de Carmen Negrín -nieta del último presidente del Gobierno de la II República, Juan Negrín-, de las asociaciones para la recuperación de la Memoria Histórica de Mallorca y Valencia, y de los sindicatos UGT y CGT.
El 28 de noviembre de 2008, el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó, por 14 votos contra tres, declarar que el juez Baltasar Garzón carecía de competencia para investigar los crímenes del franquismo.
La Audiencia Nacional adoptó esta decisión tras reunirse el pleno para resolver el incidente de competencia que interpuso el fiscal jefe Javier Zaragoza contra la decisión de Garzón de declararse competente para investigar estos hechos, tras admitir las denuncias presentadas por asociaciones de familiares de desaparecidos.
Días antes de que la Audiencia decidiera sobre la competencia del magistrado, el propio Garzón decidió inhibirse de la causa del franquismo a favor de los jzugados territoriales en los que se encuentran las fosas comunes.
Razonamientos ajustados a la ley
En su resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, el Supremo explica que los razonamientos de la Audiencia Nacional son precisos y "se ajustan a la Ley procesal", ya que contra dicho auto no cabe recurso de casación.
"Ningún error cabe señalar respecto a la denegación de la preparación de un recurso de casación cuando el tribunal de instancia se ha ajustado a lo dispuesto en la Ley procesal penal denegando la preparación de un recurso no expresamente previsto en la Ley procesal", añade.
Garzón se encuentra suspendido provisionalmente de sus funciones en la Audiencia Nacional desde el pasado mes de mayo después de abrirle el Supremo juicio oral por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo.
Rechaza el recurso de varias asociaciones de Memoria Histórica
Entre los firmantes del recurso están la nieta de Negrín, UGT y CGT
La Audiencia declaró incompetente a Garzón para abordar las investigaciones
Efe
Madrid
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso de queja de las asociaciones de Memoria Histórica contra el acuerdo de la Audiencia Nacional de no dejarles recurrir su decisión de declarar la incompetencia de este tribunal para investigar las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo.
En un auto, la Sala de lo Penal del TS desestima el recurso de queja de Carmen Negrín -nieta del último presidente del Gobierno de la II República, Juan Negrín-, de las asociaciones para la recuperación de la Memoria Histórica de Mallorca y Valencia, y de los sindicatos UGT y CGT.
El 28 de noviembre de 2008, el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó, por 14 votos contra tres, declarar que el juez Baltasar Garzón carecía de competencia para investigar los crímenes del franquismo.
La Audiencia Nacional adoptó esta decisión tras reunirse el pleno para resolver el incidente de competencia que interpuso el fiscal jefe Javier Zaragoza contra la decisión de Garzón de declararse competente para investigar estos hechos, tras admitir las denuncias presentadas por asociaciones de familiares de desaparecidos.
Días antes de que la Audiencia decidiera sobre la competencia del magistrado, el propio Garzón decidió inhibirse de la causa del franquismo a favor de los jzugados territoriales en los que se encuentran las fosas comunes.
Razonamientos ajustados a la ley
En su resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, el Supremo explica que los razonamientos de la Audiencia Nacional son precisos y "se ajustan a la Ley procesal", ya que contra dicho auto no cabe recurso de casación.
"Ningún error cabe señalar respecto a la denegación de la preparación de un recurso de casación cuando el tribunal de instancia se ha ajustado a lo dispuesto en la Ley procesal penal denegando la preparación de un recurso no expresamente previsto en la Ley procesal", añade.
Garzón se encuentra suspendido provisionalmente de sus funciones en la Audiencia Nacional desde el pasado mes de mayo después de abrirle el Supremo juicio oral por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo.
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