ELIAS GARCIA HOLGADO SENTENCIA DE MUERTE POR EL DELITO DE ADHESION A LA REBELION
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SENTENCIA A MUERTE DE ELIAS GARCIA HOLGADO
DELITO. ADHESION A LA REBELION
En Salamanca, a catorce de mayo de mil novecientos treinta y siete.
Reunido el Consejo de Guerra ordinario de Plaza para ver y fallar la causa que por el supuesto delito de rebelión se sigue contra el paisano ELIAS GARCIA HOLGADO y oídas la acusación Fiscal y la defensa.
RESULTANDO, que el procesado Gestor del Frente Popular en la Diputación Provincial de Salamanca y vecino de Lumbrales, de esta provincia, desde la proclamación de la República se destacó por sus ideas extremistas, de las que hizo intensa propaganda, tanto en su pueblo como en los cercanos, acompañando con frecuencia al diputado marxista Manso que en su día fue pasado por las armas. El día diecinueve de julio pasado después de iniciado el Movimiento Nacional y conociendo la declaración de Estado de Guerra ordenó la presentación de todos los elementos marxistas en la Sociedad Obrera, ordenándoles que patrullasen por las calles y carreteras, aun cuando no tuvieran armas y que estuviesen atentos al paso de un camión en el que llegarían armas; asimismo ordenó que detuviesen los coches que pasasen pues había uno con la matrícula de Melilla en el que vendría desde Portugal el General Sanjurjo al que había que detener, manifestando también que “los militares fascistas no triunfarían pues no había quién pudiese vencer a las fuerzas del Frente Popular y al Ejército del Pueblo”. En esta forma continuó hasta el 25 de julio reuniendo a los elementos opuestos al Movimiento Nacional para que oyesen por radio las noticias de Madrid y censuró a las fuerzas de la Guardia Civil y Carabineros que se sumaron al Movimiento diciéndoles que se habían jugado los garbanzos; por último en el pueblo de San Felices de los Gallegos a donde fue en los primeros días del Movimiento reunió a los elementos de la Casa del Pueblo diciéndoles que tenían que vengar la detención del diputado Manso y matar a los fascistas. En los informes obrantes en autos aparece como un individuo peligrosísimo.
HECHOS PROBADOS
CONSIDERANDO. Que los hechos anteriormente relatados son constitutivos de un delito de adhesión a la rebelión previsto y penado en el número 2º del artículo 238 del Código de Justicia Militar en relación con el 237.
CONSIDERANDO. Que de dicho delito aparece responsable en concepto de autor el procesado Elías García Holgado, concurriendo como circunstancias agravantes la trascendencia de los hechos y la notoria perversidad del encartado , circunstancias previstas en el Artículo 173 del mencionado Código.
El Consejo FALLA que debe condenar y condena al procesado , mayor de edad penal, Elías García Holgado, a la pena de MUERTE.
Continúan firmas sin aclaración algunas de ellas : SATURNINO PEREZ.
Etiquetas: Elías García Holgado, fusilamiento, lumbrales, memoria historica fusilamientos, salamanca, sentencia de muerte, violacion a los derechos humanos
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