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Lugar: Buenos Aires, Argentina

Dedicado a los luchadores en la guerra civil española y en la postguerra en defensa de un mundo mejor, aquellos que defendieron un gobierno legítimamente constituído. A través de estos tres blog difundiré testimonios que forman parte de nuestra memoria histórica, escritos sobre los derechos humanos en la Argentina , en España, en Latinoamericana, experiencias del exilio y sobre todo aquello en lo que pueda ayudar a través de la palabra escrita en pos de luchar contra el silencio y el olvido que se cierne sobre la sociedad española de hoy. autorizaron a su publicación. Inés García Holgado

miércoles, 8 de abril de 2009

El Gobierno recurrirá el fallo del TSJM que declaró ilegal la retirada de la estatua de Franco de San Juan de la Cruz

MADRID, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Abogacía del Estado recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que declaró ilegal la retirada de la estatua ecuestre del general Francisco Franco de la plaza de San Juan de la Cruz de la capital que se llevó a cabo en 2005 por parte del Ministerio de Fomento, según confirmó a Europa Press el Ministerio de Justicia.

El recurso de casación se fundamentará en que el Alto Tribunal madrileño apreció de forma errónea la existencia de "vía de hecho" al no tener el Ministerio de Fomento competencia para la retirada por no ser el propietario de la estatua. Según la Abogacía del Estado, que ya ha anunciado el recurso ante el TSJM, de las actuaciones se constata la propiedad del Estado y no de la Universidad de Madrid, como sostenía el fallo del TSJM.

En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó parcialmente el recurso interpuesto por José Luis Gardon Núñez y la Fundación Francisco Franco contra la actuación administrativa que obligó a retirar el 17 de marzo de 2005 la estatua que llevaba ubicada 45 años en la entrada del Ministerio de Medio Ambiente. La efigie se encuentra depositada desde entonces en un almacén del Ministerio de Fomento.

"Debemos declarar y declaramos la nulidad de pleno derecho de la actuación material del Ministerio de Fomento en cuanto constituye una vía de hecho, sin que se acojan el resto de pretensiones", recogía la resolución judicial.

Los magistrados se oponían al resto de pretensiones de los recurrentes y consideran que no procede la reposición inmediata, al entender que la colocación de nuevo de la estatua en la plaza de San Juan de la Cruz "no deja de ser un mero simulacro efectista carente de contenido", a tenor de la Ley de Memoria Histórica aprobada en diciembre de 2007.

PROPIEDAD DE LA UNIVERSIDAD DE MADRID

Sobre la nulidad del acto administrativo, la Sala alegaba que "no consta que sea propiedad del Ministerio de Fomento, ni siquiera de la Administración General del Estado, pues en el expediente figura que fue construida y era propiedad de la Universidad de Madrid".

"Por tanto, entendemos que para su retirada debía haberse contando con la Universidad Complutense de Madrid, propietaria en principio y ante la ausencia de otra documentación justificativa de la transmisión de la estatua", añadió.

La Sala recordaba en el fallo que Fomento procedió, a través de la sociedad estatal TRAGSA, a la retirada del monumento, obviando el procedimiento establecido. Según la sentencia, en la comunicación remitida se hizo constar que el objeto era "la retirada de elementos arquitectónicos-ornamentales de acceso al recinto de Nuevos Ministerios" y no se mencionó nada de una estatua.

Para los magistrados, concurrían todos los requisitos para calificar la actuación de Fomento "incompetente, ya que no consta que fuera el propietario de la estatua catalogada como elemento urbano singular".

Sobre su reubicación, alegó la Sala que conforme a la Ley 52/2007 de Memoria Histórica carece de finalidad práctica, dado que se tendría que proceder a retirarla de nuevo. "No deja de ser un mero simulacro efectista vacío de contenido", reseña.

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