España incumple sus deberes con las víctimas de la Guerra Civil
ELMUNDO.ES
MADRID.- Un año después de la adopción de la "Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura", llamada Ley de Memoria Histórica, Amnistía Internacional denuncia que España sigue incumpliendo sus deberes internacionales en materia de verdad, justicia y reparación.
"En un desarrollo reglamentario de lentitud exasperante, sólo al final de año, el Gobierno ha dictado algunas disposiciones para el desarrollo y aplicación de lo establecido en la Ley. Y lo dispuesto se concentra sólo en medidas simbólicas o de escaso significado para garantizar verdad, justicia y reparación" asegura Esteban Beltrán, director de AI en España.
En cuanto a la compatibilidad de la Ley con las acciones judiciales, la organización critica la postergación de los derechos de las víctimas y afirma que, los últimos supervivientes y las familias, para quienes el tiempo juega en contra, continúan sin encontrar satisfacción ni recursos efectivos.
Además, AI señala que la Ley se ha utilizado, por el Ministerio Fiscal y otras autoridades como argumento para oponerse a la obligación del Estado de investigar en sede judicial los crímenes del pasado y de reconocer los derechos de las víctimas de acuerdo con las normas internacionales.
Dejación de funciones
En este sentido, Amnistía recuerda que las normas internacionales establecen que víctimas y familiares tienen el derecho imprescriptible a conocer la verdad y los Estados el deber de adoptar las medidas adecuadas para hacer efectivo este derecho. Pese a ello, afirma que España ha trasladado a las asociaciones, familias y víctimas esta tarea, y les ha asignado subvenciones para funciones impropias de particulares, como las exhumaciones y la identificación.
Asimismo, denuncia que no ha proporcionado la información necesaria al Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, respecto de la investigación sobre los casos remitidos a este organismo internacional.
En cuanto al derecho a la justica, la norma internacional establece que toda víctima de una violación grave de sus derechos humanos o del derecho internacional humanitario puede interponer un recurso judicial efectivo. Sin embargo, según AI, en España el Ministerio Fiscal se ha opuesto al ejercicio de la función jurisdiccional alegando prescripción y la aplicación de la Ley de Amnistía de 1977 a los crímenes denunciados ante la Audiencia Nacional.
Respecto a la reparación, las normas internacionales marcan que cualquier víctima de una violación grave de sus derechos humanos tiene derecho a interponer recursos y obtener compensación proporcional a la gravedad de las violaciones y al daño sufrido. Los Estados han de establecer programas nacionales de reparación y otra asistencia a las víctimas, cuando el responsable de los daños sufridos no pueda o no quiera cumplir sus obligaciones.
Para AI, lejos de eso, las disposiciones adoptadas por las autoridades españolas las últimas semanas se han limitado a aquellas de escaso significado. como la declaración de reparación y reconocimiento personal para las víctimas.
En cuanto a indemnizaciones, subraya que se han regulado las condiciones a favor de personas fallecidas o con lesiones que ocasionan discapacidad por sus actividades en defensa de la democracia (de 1 de enero de 1968 a 6 de octubre de 1977).
La ONG recuerda también que el 15 de diciembre el Consejo de Ministros aprobó crear la Oficina para las Víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura, para facilitar la información necesaria en el ejercicio de sus derechos a las personas que lo precisen.
Amnistía recomienda al Gobierno que subsane estas anomalías y cumpla lo establecido en la Ley de memoria Histórica
Etiquetas: Amnistia Internacional, Grupo de trabajo sobre Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas, Justicia y Reparaciòn, ley de memoria historica
0 comentarios:
Publicar un comentario
Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]
<< Inicio